Este lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló una ley que se publicó en el estado de Tabasco, que permitió la adjudicación directa de contratos para la construcción de proyectos de infraestructura en materia energética —como la refinería de Dos Bocas— y que estaba vigente desde 2018.
En ese sentido, la Corte falló a favor de anular las fracciones XI y XII del artículo 45 de la Ley de Obras Públicas de dicha entidad, que se creó expresamente para facilitar la edificación del megaproyecto del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Es inválida la legislación de Tabasco que permitía contrataciones sin licitación pública. La ampliación indeterminada de los supuestos de excepción impedía garantizar los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez en el gasto publico. pic.twitter.com/rE82bqYcwf
— Suprema Corte (@SCJN) July 6, 2020
Cabe señalar que el numeral dejaba que el gobierno estatal tuviera la posibilidad de licitar obras y servicios convenidos con la federación para la construcción de infraestructura en materia energética; usando el argumento de que dichos proyectos “detonarían la creación de fuentes de empleo en Tabasco “.
Sin embargo, el Máximo Tribunal del país consideró que tal normativa se contrapone al artículo 134 de la Constitución, el cual dictamina que las contrataciones se deben llevar a cabo por licitación pública.
Fue hace dos años cuando el Congreso tabasqueño —de mayoría morenista— avaló reformar la Ley de Obras Públicas de la entidad, con el objetivo de apoyar las promesas de López Obrador de ofrecer luz y gasolina más barata para los habitantes de esa región del país.
Con información de La Razón