TEPJF ratifica medidas cautelares a Morena y sus “asambleas informativas”

Le ordenan a las "corcholatas" que sus "asambleas informativas" se efectúen en lugares pertenecientes al partido en vez el espacios públicos

TEPJF ratifica medidas cautelares a Morena y sus “asambleas informativas”
Foto: Político.mx

La Sala Superior del  Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) que determinó como procedente la medida cautelar para Morena y sus eventos, esto como parte de su proceso interno para elegir a su candidato presidencial

Ordenan que eventos sean en espacios cerrados

La acción preventiva dictamina que en todos los actos de las “corcholatas”, denominados recorridos o “asambleas informativas”, no contengan elementos proselitistas y que se efectúen preferentemente en lugares pertenecientes al partido en vez de espacios públicos; se dirijan a la militancia o simpatizantes, y no se emitan expresiones de índole electoral.

El asunto se originó con la publicación de la convocatoria que emitió el partido guinda para elegir a la persona que fungirá como “coordinadora nacional de los Comités de Defensa de la Transformación 2024-2030”, respecto a la cual el INE declaró procedente una serie de medidas cautelares relacionadas con las acciones que se podrían realizar con sustento en dicho instrumento.

Posteriormente, se presentaron diversas denuncias por actos anticipados de precampaña y campaña en contra de varias personas, por su participación en eventos del proceso de selección de la coordinación nacional.

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Al respecto, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró como improcedentes las medidas solicitadas.

En respuesta, la Sala Superior, en el asunto SUP-REP-206/2023 y acumulado, revocó la negativa de sanciones, para que la comisión emitiera una nueva determinación.

Por ello, los consejeros de la comisión aprobaron el acuerdo que nuevamente fue controvertido ante la Sala Superior y determinó conceder medidas cautelares.

 

Medidas buscan aminorar el riesgo de afectación al principio de equidad

El Tribunal Electoral, a propuesta del magistrado José Luis Vargas Valdez —y con la ausencia justificada de las magistradas Janine Otálora y Mónica Soto—, confirmó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias que fue impugnado.

Los magistrados electorales estimaron que la motivación empleada por el INE era adecuada, al fincarse en un análisis preliminar en el cual consideró que los hechos denunciados podrían constituir actos anticipados por las manifestaciones expresadas en los eventos, y porque fueron en lugares abiertos al público en general y no exclusivamente dirigidos la militancia que forma parte del proceso interno.

Además, calificaron como infundados los agravios de quienes impugnaron, referentes a que las medidas emitidas no eran razonables, ya que las mismas atendieron al fin legítimo de aminorar el riesgo de afectación al principio de equidad.

Con información de W Radio y La Razón

MSA