Senado aprobó nueva ley de Población que crea el CURP con fotografía

El Senado de la República aprobó la nueva ley de Población que crea el CURP con fotografía, fecha de nacimiento y huellas digitales

Senado aprobó nueva ley de Población que crea el CURP con fotografía
Foto: Tomada de X / @SGarciaSoto

Este lunes, el Senado de la República aprobó la nueva ley de Población que crea el CURP con fotografía, fecha de nacimiento y huellas digitales.

Morena impulsa en el Senado la aprobación de una nueva Ley General de Población que, entre sus cambios:

Establecería una nueva CURP, que tendrá la fotografía del habitante y sus huellas dactilares.

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Con el voto en contra de la oposición, que alertó el riesgo que implica que el Gobierno maneje datos personales, Morena empujó en comisiones la aprobación de esta nueva Ley General de Población.

El proyecto aprobado con ocho votos a favor y siete en contra, el cual abrogaría la Ley General de Población de 1974, establece que:

Los ciudadanos tendrán la obligación de inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos y obtener una CURP con fotografía, que servirá como un documento oficial de identificación.

En su Artículo 68, se establece:

El Registro Nacional de Ciudadanos y la expedición de la CURP con foto son servicios de interés público que presta el Estado, a través de la Secretaría (de Gobernación).

Y en el Artículo 69 señala:

Las y los ciudadanos mexicanos tienen la obligación de inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos y obtener una CURP con foto.

Senado aprobó nueva ley de Población que crea el CURP con fotografía

Se describe que la CURP con fotografía tendrá nombres y apellidos; lugar y fecha de nacimiento; firma y huellas dactilares, y deberá renovarse a más tardar 90 antes de que concluya su vigencia, la cual no podrá exceder de 15 años.

El senador panista Damián Zepeda consideró que es muy delicado que la Federación pueda compartir la información de los datos personales con dependencias y entidades públicas, sin que haya candados de por medio, según el Artículo 83 del ordenamiento aprobado.

“La Secretaría (de Gobernación) proporcionará al Instituto Nacional Electoral, la información del Registro Nacional de Ciudadanos que sea necesaria para la integración de los instrumentos electorales, en los términos previstos por la ley.

“Igualmente podrá proporcionarla a las demás dependencias y entidades públicas que la requieran para el ejercicio de sus atribuciones.”, dicta ese Artículo 83.

Pese a que en comisiones toda la oposición votó en contra, el Senado aprobó la nueva ley de Población que crea el CURP con fotografía, fecha de nacimiento y huellas digitales.

JZ