SCJN declara inconstitucional penalizar posesión de más de 5 gramos de marihuana

Los ministros argumentaron que perseguir penalmente a los consumidores es castigar a las personas por su forma de ser

SCJN declara inconstitucional penalizar posesión de más de 5 gramos de marihuana
Foto: Noticieros Televisa

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional penalizar la posesión de más de cinco gramos de marihuana, permitidos por ley, para consumo personal.

Con tres votos, los ministros de la Primera Sala se pronunciaron a favor de invalidar una porción del artículo 478 de la Ley General de Salud, con la que se permite poseer menos de cinco gramos de cannabis para consumo personal; sin embargo, castiga con hasta tres años de prisión a quien rebase esta cantidad.

En ese sentido, establecieron que sólo se podrá penalizar si se acredita que no es para consumo personal.

Los ministros argumentaron que perseguir penalmente a los consumidores es castigar a las personas por su forma de ser, no por una conducta que afecte a la sociedad, a diferencia del narcomenudeo o el narcotráfico.

Al respecto, puntualizaron que el hecho que se permita al Ministerio Público ejercer acción penal contra una persona que posea más de cinco gramos de cannabis para consumo personal, en realidad está castigando cualidades morales, la personalidad o el comportamiento personal; lo cual no tiene sustento constitucional.

Asimismo, aclararon que el fallo no implica la legalización de narcóticos, ni la eliminación de la conducta delictiva de posesión de narcóticos regulada por el artículo 477 de la Ley General de Salud.

El criterio no es obligatorio pero puede ser retomado en futuros amparos que sean promovidos ante jueces federales o en procesos penales en curso.

Con información de MVS Noticias y El Sol de México

MSA