Por Artículo 49 de la Constitución, AMLO no puede suspender Reforma Educativa

Es el Congreso de la Unión quien tiene la facultad de eliminar o modificar la normativa educativa, de lo contrario no tiene ninguna validez legal

Este martes , el presidente, Andrés Manuel López Obrador firmó un memorándum para suspender la Reforma Educativa aprobada en el sexenio de Enrique Peña Nieto, pero el Artículo 49 de la Constitución se lo prohíbe.

Tal parece que ese dato lo desconoce el político tabasqueño —y otros integrante de Morena, como el diputado Mario Delgado—,pues hasta la ordenó a la Secretaría de Gobernación, Educación Pública y Hacienda, que hagan las modificaciones necesarias para dejar sin efecto la “mal llamada Reforma Educativa”.

De acuerdo con el numeral 49 de la Carta Magna, “se le prohíbe al Jefe del Ejecutivo Federal tomar esa decisión (firmar un memorándum para suspender la Reforma Educativa), ya que tendría que reponerse el proceso legislativo para poder abrogar una legislación que ya fue promulgada y se ejerce en la actualidad”.

En pocas palabras, es el Congreso de la Unión quien tiene la facultad de eliminar o modificar la normativa educativa, de lo contrario no tiene ninguna validez legal.

Cabe señalar, que fue el expresidente, Lázaro Cárdenas, quien propuso esta iniciativa, el 17 de diciembre de 1937, cuando le pidió al Congreso que en dicho artículo se suscribiera lo siguiente: “en ningún otro caso se otorgará al Ejecutivo facultades extraordinarias para legislar”.

Qué lejano se ve aquel 1 de diciembre de 2018, cuando un su toma de posesión López “juró guardar y hacer guardar la Constitución”; con su acción de este martes la ignoró por completo.