Por decreto presidencial, expropian terrenos para el Tren Maya en Yucatán y Campeche

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Foto: Cuartoscuro

El presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por el que se expropian por causa de utilidad pública, dos superficies en favor de Fonatur Tren Maya; esto en los municipios de Kopomá y Hecelchakán, en Yucatán y Campeche, respectivamente.

A pesar de suspensión, continúan obras del tramo 5 del Tren Maya; ya ha afectado 122 cuevas

Por decreto presidencial, expropian terrenos para el Tren Maya en Yucatán y Campeche

El documento indica que el 15 de mayo de 2023 solicitó al titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) la expropiación de la superficie de 38-99-51.66 hectáreas del ejido Kopomá, municipio de Kopomá, estado de Yucatán; para destinarla a la construcción de obras de infraestructura ferroviaria, operación del proyecto Tren Maya y sus obras complementarias para el Tramo 3 Calkiní-Izamal.

Indemnización asciende a más de 5 millones de pesos

Asimismo, indicó que el 20 de octubre de 2023, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (Indaabin; emitió el dictamen valuatorio y anexo único, con número secuencial 04-23-1788 y genérico G-35788-ZND. En el que determinó, con base en el valor comercial de la superficie a expropiar; que el monto total de indemnización asciende 3 millones 470 mil 425.39 pesos.

A pesar de suspensión, continúan obras del tramo 5 del Tren Maya; ya ha afectado 122 cuevas

Mientras que, para la construcción del Tramo 2 Escárcega-Calkiní, también el 15 de mayo de 2023, solicitó al titular de la Sedatu la expropiación de la superficie de 05-93-77.35 hectáreas del ejido Hecelchakán, en Campeche; para destinarla a la construcción de obras de infraestructura ferroviaria, operación del proyecto Tren Maya y sus obras complementarias.

El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (Indaabin) emitió el dictamen valuatorio y anexo único, con número secuencial 04-23-1767 y genérico G-35737-ZND; en el que determinó, con base en el valor comercial de la superficie a expropiar, que el monto total de indemnización asciende a un millón 531 mil 787.84 pesos.

DC