Otra vez la hizo la Corte, ahora es libertad quemar a un policía

En fechas recientes, la Suprema Corte se ha pronunciado por la inconstitucionalidad de dos faltas graves: la primera, el delito de alteración del orden público. La segunda, los ultrajes a la autoridad.

Al botepronto, pareciera que los ministros de la Corte abren la puerta para todo tipo de irregularidades y de abusos por parte de quienes han hecho de la protesta una forma de vida.

No obstante, los titulares del máximo tribunal insisten que se trata de leyes ambiguas y de leyes que vulneran libertades básicas como la de expresión y manifestación.

Sin embargo, como explicó el Maestro Jorge Lara a La Otra Opinión, los pronunciamientos de los ministros dejan una zona gris muy peligrosa.

Y es que, más allá de que los artículos pudieran estar mal escritos, más allá de su ambigüedad y más allá del hecho de que pudieran –o no–, vulnerar otras libertades; lo cierto es que la abrogación de estos delitos no establece qué ocurriría cuando una agresión verbal pasa a una física. Es decir, cuando el insulto se convierte en golpes.

Evidentemente, bajo la nueva legislación; mentar la madre a un oficial no sería un delito. No obstante, si esa mentada se convierte en un coscorrón, en una patada o en un golpe; ¿qué ocurre?

Nadie duda que los agentes policíacos deben capacitarse, deben estar listos para responder a cualquier eventualidad y deben hacer su trabajo de forma cabal. No obstante, también es cierto que en este nuevo arreglo jurídico, los policías perdieron los elementos mínimos de protección. Y eso, concluyó el experto, amerita una reflexión profunda.