Expertos tunden “plan B” de AMLO para modificar al INE

Coinciden en que legalmente no se permitiría modificar la estructura del INE; además generará un conflicto legal

Expertos tunden “plan B” de AMLO para modificar al INE
Foto: El Economista / Hugo Salazar

El pasado martes 15 de noviembre, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció un “plan B” en caso de que su reforma electoral no sea aprobada en la Cámara de Diputados.

Detalló que dicho plan iría por la vía de una reforma a la ley que no requiere la mayoría calificada.

Para ello, recordó que Morena y aliados tienen la mayoría simple, por lo que su segunda opción estaría “segura” en cuanto a aprobación.

Ya que de una vez se resuelva lo de la reforma constitucional, y como es tan importante el que haya democracia, es probable que yo envíe una reforma a la ley que no requiere de dos terceras partes (del voto del Congreso), un plan B”, dijo.

En ese sentido, diputados de Morena lanzaron un ultimátum a los legisladores de oposición, al advertir que sino hay consensos para aprobar esta iniciativa constitucional, ellos harán modificaciones a la legislación secundaria.

Sin embargo, especialistas criticaron este nuevo intento del mandatario tabasqueño para acabar con la democracia mexicana, pues aseguran que este “plan Bviola la Constitución.

Coinciden que la columna vertebral de su iniciativa no puede trasladarse a leyes secundarias.

En ese sentido, dijeron que legalmente no le permitiría modificar la estructura del Instituto Nacional Electoral (INE), ni el método de selección de sus integrantes, ni quitarle el control del padrón electoral, ni reducir el congreso, ni recortar las prerrogativas a los partidos.

Generará un conflicto legal

 

Luis Carlos Ugalde, exconsejero presidente del extinto  Instituto Federal Electoral (IFE), dijo que la idea del presidente López Obrador, de que se apruebe en el Congreso una reforma electoral “sin violar la Constitución” para elegir a los consejeros del INE y eliminar a los plurinominales, sería inconstitucional del artículo 41 de la Carta Magna, donde con claridad se define la forma para elegir consejeros y diputados de representación proporcional.

El problema es la Corte, que ha sido omisa y lenta en resolver muchos temas. Ese es el riesgo, y si cuatro Ministros se pronuncian a favor del cambio, podría haber un gran conflicto, si la ley dice una cosa y la Constitución otra. El Presidente puede crear un conflicto enorme entorno a la elección de consejeros”, comentó.

Indicó que en caso de una mayoría de Morena y sus aliados legislativos decidieran aprobar una reforma legal con ese contenido, sería impugnada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), instancia que en caso de retrasar una resolución sobre la constitucionalidad de la norma, pondría en riesgo los siguientes comicios federales, lo cual crearía un “conflicto enorme”.

En ese sentido, el exconsejero electoral Alfredo Figueroa indicó que este “plan B” puede provocar un conflicto legal.

Ya hemos visto que desde el Legislativo se hacen leyes contrarias a la Constitución, y luego se hacen contrarreformas desde la ley, ese ejercicio te lleva a una etapa de litigios que debería preocuparnos”, dijo.

Es una “una salida desesperada” ante rechazo de reforma electoral

 

Por su parte, Eric Guerrero Luna, experto en derecho electoral, consideró que el Presidente hace un “berrinche” al saber que su iniciativa de reforma constitucional en material electoral no pasará en el Congreso, “y ahora pretende trasladar sus ideas a la Legislación electoral aún a sabiendas que eso inconstitucional”.

Es inconstitucional porque nuestro sistema jurídico prevé que ninguna ley contradiga nuestra norma fundamental la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, dijo.

A su vez, expertos jurídicos enfatizaron que si Morena y sus aliados “se atreven” a volver a aprobar leyes electorales secundarias por encima de la Constitución, terminarán declarándose nulas, pues la integración del INE, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) o del Congreso de la Unión sólo se pueden cambiar con una reforma.

Asimismo, aseguran que este “plan B” es en realidad “una salida desesperada”, esto ante la posibilidad de que sea rechaza la reforma electoral de la 4T.

Plan B” correrían la misma suerte que las leyes en materia eléctrica 

 

Leonardo Valdés Zurita, ex consejero presidente del IFE, sostuvo que queda claro que “o no asesoraron al Presidente o no entendió la asesoría”, pues su propuesta es jurídica y legalmente inviable.

Deja ver que el Presidente no tuvo ni ha tenido experiencia legislativa y que no tiene conocimiento preciso sobre el orden jerárquico de nuestras leyes porque, efectivamente, las leyes secundarias, que son las que se aprueban por mayoría simple, regulan y precisan los elementos que contiene la Constitución, o sea, que ninguna ley secundaria puede ser contraria a lo que dice la Constitución”, señaló.

Por ello, dijo que si por algún error el Poder Legislativo aprueba una ley que sea contraria a la Constitución, hay mecanismo de controversia constitucional para que la Suprema Corte lo analice.

Explicó que las leyes secundarias electorales correrían la misma suerte que las leyes en materia eléctrica o la adscripción de la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), lo que terminó sin efectos, por su inconstitucionalidad, aunque el Poder Legislativo con la mayoría de Morena lo hayan aprobado sabiendo que no era constitucional.

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Por último, Javier Martín Reyes, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, apuntó que la Constitución dice claramente que la Cámara de Diputados tiene 500 integrantes. La designación de consejerías del INE y magistraturas del TEPJF no es por voto popular.

El artículo 52 de la Constitución señala que la Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputadas y diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, así como por 200 diputadas y diputados que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el Sistema de Listas Regionales, votadas en circunscripciones plurinominales.

Además, el artículo 41, inciso V apartado A, señala que el consejero presidente y los consejeros electorales serán electos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados.

Mientras que el artículo 91, inciso X, señala que los magistrados electorales que integren las salas Superior y Regionales serán elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores a propuesta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Con información de Luces del Siglo, Milenio y El Universal

MSA