AMLO suma otras 3 sanciones por difundir propaganda gubernamental

Magistrados confirmaron también que AMLO habló de temas electorales en tres "mañaneras"

AMLO suma otras 3 sanciones por difundir propaganda gubernamental
Foto: Youtube / Excélsior

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó una vez más que el presidente Andrés Manuel López Obrador vulneró los principios de imparcialidad y equidad al difundir propaganda gubernamental en tres conferencias matutinas durante el periodo de campañas.

Magistrados confirmaron que AMLO habló de temas electorales

En el primer asunto, el pleno de la Sala Especializada determinó que en las “mañaneras” del lunes 20, martes 21 de mayo existió la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad y uso indebido de recursos públicos.

Las expresiones realizadas en las conferencias matutinas se realizan con temas de infraestructura de salud, rehabilitación, construcción y poner en marcha nosocomios en diversas entidades del país, en un periodo no apto para difundirlas. Además, hubo manifestaciones con temáticas electorales”, expone el proyecto.

Aunado a esto, los magistrados declararon que en la conferencia del viernes 24 de mayo, López Obrador vulneró los los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, uso indebido de recursos públicos y propaganda gubernamental porque se exaltaron logros de la actual administración federal.

Las manifestaciones se relacionan con temas de infraestructura, minería, reducción de pobreza, elecciones y críticas a administraciones pasadas, lo que no encuadra en las excepciones de la propaganda gubernamental”, indicaron los magistrados.

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También, indicaron que se incumplieron las medidas cautelares interpuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE), ya que en las conferencias se abordaron temas electorales.

Sin embargo, se determinó la inexistencia de coacción al voto y propaganda personalizada, ya que no hubo una acción tendente a condicionar el sentido del voto de la ciudadanía.

En ambos casos, la Sala Especializada consideró que no hubo un beneficio indebido a la entonces candidata de Morena, PT y Partido Verde, Claudia Sheinbaum.

Con información de Político.mx y El Universal

MSA