Tribunal revoca suspensión contra etiquetado frontal 

Con ello, la SE y la Cofepris podrán continuar con el proceso para publicar la nueva NOM 51

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Un tribunal colegiado revocó la suspensión provisional que un juez federal había otorgado a un grupo de empresarios para frenar la nueva norma que impone el etiquetado frontal a la industria de alimentos y bebidas procesadas.

De acuerdo con el subsecretario de la Secretaría de Economía (SE), Alfonso Guati Rojo, el fallo judicial fue dictado por el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México, por lo que esa dependencia y la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) podrán continuar con el proceso para publicar la nueva NOM 51.

La suspensión provisional para frenar el etiquetado frontal había sido otorgada por el Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México a la Confederación Nacional de Cámaras Industriales (Concamin), el pasado 26 de febrero.

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La medida cautelar frenó la implementación del etiquetado frontal para medicinas y alimentos procesados, por lo que la SE –a través de su Dirección General de Normas– y la Cofepris presentaron dos recursos de queja para solicitar que se revocara la suspensión.

Tras ello, la magistrada Guillermina Coutiño Mata acordó por unanimidad revocar la suspensión, dejando sin efectos la resolución del juez de primera instancia.

Sin embargo, el fondo del juicio de amparo no se ha resuelto, por lo que continuará la disputa jurídica sobre la legalidad de la nueva norma que obliga a la industria alimenticia a colocar el etiquetado frontal de alimentos en todos sus productos y bebidas procesadas.

Con información de Proceso