Tribunal ratificó no suspender obras del Tramo 5 del Tren Maya

Según el tribunal, el Gobierno ya cumplió las condiciones que se le impusieron en la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) del proyecto

Tribunal ratificó no suspender Tren Maya
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Un Tribunal Federal ratificó que no procede suspender obras del Tramo 5 Sur del Tren Maya, de Playa del Carmen a Tulum, pues según éstos, el Gobierno ya cumplió las condiciones que se le impusieron en la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) del proyecto.

Tribunal ratificó no suspender obras del Tren Maya

Tribunal ratificó no suspender obras del Tren Maya
Tribunal ratificó no suspender obras del Tren Maya

La organización Derecho a un Medio Ambiente Sano, pretendía que el Tribunal revocará la decisión del juez Primero de Distrito en el Estado de Yucatán, Adrián Fernando Novelo Pérez, quien les negó la suspensión provisional. 

Los magistrados son los que tendrán la última palabra en los litigios contra el Tren Maya, por lo que es previsible que mantendrán el mismo criterio con relación a los tramos 5 Norte, 6 y 7, todas a cargo de la Sedena, para los cuales está pendiente la aprobación de las MIA respectivas.

Los magistrados René Rubio, Julia Ramírez y Raquel Flores enfatizaron que las suspensiones concedidas en abril y mayo por el juez federal Adrián Novelo, se basaron en que el Gobierno inició obras del Tramo 5 Sur sin haber siquiera presentado la MIA.

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Tres condiciones para iniciar las obras

Cabe mencionar que la Secretaría del Medio Ambiente aprobó la MIA el 20 de junio, y puso tres condiciones para iniciar las obras:

El pago de una garantía de 188.3 millones de pesos para costos de prevención y mitigación; presentación de todos los proyectos ejecutivos y arquitectónicos, planos, memorias descriptivas, estudios y análisis de riesgo y demás documentos de la obra, y un Plan de Vigilancia Ambiental.

De ahí que sí es factible autorizar el proyecto bajo ciertas condiciones y se determinó que estas se cumplen; suspender provisionalmente sin más elementos técnicos y científicos, podría incluso causar una afectación mayor al interés social, tal y como lo precisó el juez de amparo, sin que ello sea impedimento para que durante la tramitación del incidente o del juicio las partes hagan llegar al juzgador, si así lo estiman conveniente, evidencia científica y técnica en contrario a la Manifestación de Impacto Ambiental y su autorización”, detalla la resolución. 

SG