TEPJF ordena al INE investigar acusaciones de “Traidores a la Patria”

El Tribunal señaló que el INE debe realizar todas las diligencias que se estimen necesarias y suficientes para la investigación de los hechos denunciados

TEPJF ordena al INE investigar acusaciones de “Traidores a la Patria”
Foto: Sin Embargo

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) investigar la campaña de “traidores a la patria” en la que participaron diversos integrantes del Gobierno Federal y capitalino contra integrantes de la fracción parlamentaria de Movimiento Ciudadano (MC) en la Cámara de Diputados.

A propuesta del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, la Sala Superior determinó revocar el desechamiento de una queja que había dictado la Unidad Técnica de lo Contencioso (UTC) del INE, con lo que se negaba a iniciar el procedimiento especial sancionador solicitado por Jorge Álvarez Maynez, coordinador de los diputados federales de MC, a nombre suyo y de otros 30 diputados de MC en contra de las expresiones “calumniosas” de presidente Andrés Manuel López Obrador; la jefa de gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum; el coordinador de los diputados de Morena Ignacio Mier, entre otros, argumentando que los servidores públicos no son sujetos activos en la difusión de calumnias electorales, sino solamente partidos y candidatos.

La autoridad electoral señaló que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del INE debe realizar todas las diligencias que se estimen necesarias y suficientes para la investigación de los hechos denunciados.

Además, deberá informar a la Sala Superior, el cumplimiento de lo ordenado en este fallo dentro de las 48 horas siguientes, anexando una copia certificada de las constancias respectivas.

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Si bien la sentencia del Tribunal Electoral obliga a que se admita la queja y se inicie la investigación correspondiente, el procedimiento especial sancionador sólo sería válido para el diputado Álvarez Máynez, debido a que los demás legisladores no firmaron personalmente la queja y las reglas que se aplican para una investigación relacionada con la calumnia electoral establecen que sólo se puede iniciar la queja directamente por la parte afectada.

El INE rechazó la queja ya que, del análisis preliminar concluyó que, de conformidad con la legislación aplicable los servidores públicos no pueden ser sujetos activos de calumnia electoral.

Tras la impugnación del acuerdo, el Tribunal Electoral señaló que el INE no fundó ni motivó debidamente el acuerdo impugnado ya que los funcionarios públicos, si pueden ser sujetos activos de calumnia electoral.

Argumentaron que cada uno de los señalados no actuaron en su carácter de servidores públicos sino como militantes y simpatizantes de Morena, puesto que utilizan las mismas expresiones que los militantes del partido político en el sentido de que los diputados que votaron en contra de la reforma eléctrica “son traidores a la patria”.

Con información de Aristegui Noticias y El Heraldo de México

MSA