Se mantiene Fase I de Contingencia Ambiental en el Valle de México

Debido a ello, se mantienen las restricciones vehiculares y medidas para proteger la salud de la población

Se mantiene Fase I de Contingencia Ambiental en el Valle de México,no circulan mañana martes 14 de mayo
Foto: AS México

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó que continúa la Fase I de Contingencia Ambiental Atmosférica por Ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México por el estancamiento de precursores de ozono ante la presencia de viento débil.

La dependencia también indicó que se pronostica nubosidad por la tarde que puede ocasionar lluvias de moderadas a fuertes en forma aislada.

Asimismo, señaló que también se “espera radiación solar intensa, temperaturas elevadas de alrededor de 30 grados Celsius”.

Estas condiciones, indica la CAMe, favorecerán la formación de ozono, por lo que se espera que la calidad del aire en la zona metropolitana sea de mala a muy mala.

Debido a ello, se mantienen las restricciones vehiculares y medidas para proteger la salud de la población.

La CAMe recordó a la población mantenerse informados sobre la calidad del aire y evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como ejercicio en exteriores entre las 13:00 y 19:00 horas. 

La Comisión Ambiental apuntó que seguirá atenta en la calidad del aire y a la evolución de las condiciones meteorológicas en la Zona Metropolitana del Valle de México y señaló que a las 3:00 de la tarde informará de ello en un boletín.

¿Qué vehículos no podrán circular este sábado?

Por ello, dicha entidad gubernamental anunció restricciones a la circulación al sector de transporte para este sábado 4 de mayo, los siguientes hologramas deberán suspender su circulación en un horario de 5:00 a las 22:00 horas:

1.- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.

2.- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1.

3.- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado rosa, terminación de placa 7 y 8.

4.- Unidades que no porten holograma de verificación, como vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, autos que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.

5.- Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR

6.- Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.

7.- Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

¿Quiénes están exentos?

1.- Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.

2.- Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color rosa y terminación de placa 7 y 8.

3.- Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.

4.- Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.

5.- Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.

6.- Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.

7.- Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.

8.- Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.

9.- Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).

10.- Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.

11.- Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.

12.- Las motocicletas están exentas de la Fase I

Con información de El Sol de México y Latinus

MSA