¿Se acabó el Plan B? Ministro propone invalidar la primera parte

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El ministro Alberto Pérez Dayyán propondrá al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidar la primera parte del llamado “Plan B” de la reforma electoral.

Lo anterior debido a seis violaciones graves al procedimiento legislativo, mismas que impactaron en la aprobación de estas iniciativas.

De acuerdo con el proyecto de sentencia, durante la discusión y votación de la primera parte del plan B, se reportaron un cúmulo de irregularidades y violaciones a los reglamentos internos de la Cámara de Senadores y Diputados.

El ministro Pérez Dayán advierte que las infracciones cometidas por la mayoría parlamentaria que conforman Morena, PT y Partido Verde en el proceso parlamentario para aprobar las reformas a la Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, son de tal gravedad que violan los artículos 71 y 72 de la Constitución Mexicana.

Pérez Dayán indicó que las irregularidades y violaciones al procedimiento legislativo son insuperables.

Violaciones mencionadas por el ministro:

  1. a) Violación a los artículos 71 y 72 de la Constitución Federal porque el Decreto combatido se aprobó sin observar las reglas del procedimiento legislativo, ya que la iniciativa por la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicada en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, no es la misma que se presentó para aprobación en la sesión de seis de diciembre de dos mil veintidós;
  2. b) Porque la iniciativa no pasó por un procedimiento legislativo ordinario pues, para su aprobación, se recurrió al trámite de “urgencia u obvia resolución”; sin embargo, ni en el momento de su presentación, ni de la lectura de la exposición de motivos, se advierten las razones para actualizar el supuesto del artículo 82, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, ni las condiciones que, en relación con éste, ha establecido la Suprema Corte en jurisprudencia; y,
  3. c) El Decreto impugnado fue aprobado en transgresión al principio de deliberación democrática, ya que no es el resultado del debate que debe existir en todo órgano legislativo, es decir, la tramitación como de urgente u obvia resolución en la Cámara de Diputados, y las irregularidades cometidas en Comisiones de la Cámara de Senadores impidió su conocimiento, la deliberación democrática real, cualitativa y de fondo.

Cabe destacar que actualmente la segunda parte del Plan B ya está suspendida.