La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó la petición de la ministra Lenia Batres Guadarrama, de reducirle su sueldo.
Batres Guadarrama realizó la solicitud a la Suprema Corte para que su sueldo “no exceda lo que establece la Constitución y que no se le inscriba en ninguno de los seguros privados”.
Sin embargo, a través de un oficio se le notificó a la ministra que no se le puede dejar de depositar integro su sueldo, y es que para ello correspondería a ella reintegrar a la Tesorería de la Federación lo que considere que excede el salario del Presidente de la República.
Lenia Batres fue informada respecto a que la única opción que tiene es renunciar a todo su salario, pues no les es permitido reducirlo debido a que no es una prestación y, según la Ley Federal del Trabajo, es ilegal reducir un sueldo a un trabajador.
La única opción que tiene es que la funcionaria envíe todo de manera formal, es decir, por medio de un escrito y no desde redes sociales.
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No obstante, de acuerdo con el oficio LBG/003/2023, Lenia Batres sí pidió a la ministra presidenta instruir al personal de Recursos Humanos del Alto Tribunal para que le sea asignado el salario conforme al monto dispuesto en el artículo 127, y de que su salario no rebase al del presidente.
La Suprema Corte ratificó que el salario de la magistrada será entregado por completo y ella tendrá la opción de de regresar a la Tesorería de la Federación (Tesofe) aquella cantidad que considere excedente de acuerdo a lo que dicta la Constitución.
AIS