SCJN invalida “Ley Garrote” de Tabasco

Los ministros declararon inconstitucionales los artículos los cuales sancionaban a quien impidiera la ejecución de trabajos u obras privadas y públicas

Foto: El Heraldo de México

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este martes las reformas al Código Penal de Tabaco, conocida como “Ley Garrote” con la cual endurecen las penas por impedir la ejecución de obras públicas o realizar bloqueos de calles.

Por unanimidad, los ministros declararon inconstitucionales los artículos 196 Bis y 299 los cuales sancionaban a quien impidiera o tratara de impedir por cualquier medio la ejecución de trabajos u obras privadas y públicas, así como a quien “obstruyera el acceso de personal o de maquinaria al lugar destinado para la ejecución de dichos trabajos u obras”.

También invalidaron el artículo 308 Bis, el cual sanciona a quien extorsionaba, coercionara, intentara imponer o impusiera cuotas, e impidiera total o parcialmente el libre tránsito de personas, vehículos, maquinaria, equipo especializado o similar para la ejecución de trabajos u obras públicas o privadas, en las vías y medios de comunicación de jurisdicción local.

Por su parte, el ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, advirtió que su aplicación de esta ley podría llevar a “criminalizar el ejercicio del derecho a la protesta social”; en ese sentido, el  ministro Fernando Franco González Salas apuntó que con los artículos anteriormente mencionados “pueden llevar a criminalizar actos de protesta legítimos”.

Asimismo, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá agregó que las normas invalidadas “sancionarían excesiva e injustificadamente conductas como el ejercicio pacífico de la libertad de expresión”.

Te puede interesar | Senadores avalan en lo general reforma eléctrica de AMLO

Sin embargo, la Corte validó el artículo 307 del Código Penal de Tabasco, que tipifica y sanciona a quien interrumpa o dificulte el servicio público local de comunicación, destruyendo o dañando alguna vía o medio local de comunicación o de transporte público de pasajeros o de carga.

En junio del 2019, el Congreso de Tabasco, el cual Morena cuenta con mayoría, avaló con 24 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones, reformas al Código Penal para imponer hasta 20 años de prisión por el delito de extorsión, y de seis a 13 años a aquellas personas que impidan u obstruyan la ejecución de trabajos de obras públicas y privadas.

Ello se conoció como “Ley Garrote” con la cual se buscaba impedir las protestas sociales por la construcción de la refinería de Dos Bocas.

A su vez, el gobernador Adán Augusto López promovió y defendió en su momento esta propuesta al argumentar que con ello se combatiría la extorsión de grupos sindicales que impiden el libre tránsito o bloquean obras para obtener un beneficio propio.

Con información de Animal Político y  El Economista

MSA