SCJN declara inconstitucional que FGR pida información bancaria

Los ministros de la primera sala consideraron que esa facultad vulnera el derecho a la vida privada

SCJN declara inconstitucional que FGR pida información bancaria
Foto: Excélsior / Freepik

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la facultad otorgada a la Fiscalía General de la República (FGR) de solicitar información bancaria a las instituciones financieras, sin autorización previa de una autoridad judicial.

Al resolver el amparo en revisión 58/2021, los ministros de la primera sala consideraron que esa facultad, que se encuentra en la fracción I del artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, vulnera el derecho a la vida privada.

De acuerdo con el criterio aprobado, la autorización judicial para obtener información bancaria y financiera es obligatoria cuando derive en una afectación a los derechos humanos.

Permitir a la autoridad ministerial solicitar información bancaria sin autorización judicial previa, no forma parte de la facultad de investigación de delitos contenida en el Artículo 21 de la Constitución, ni de la extensión de facultades de irrupción en la vida privada expresamente protegidas por el Artículo 16 constitucional”, precisó la ministra Margarita Ríos Farjat quien concluyó que no existen razones válidas para que los fiscales soliciten información resguardada por el secreto bancario.

Te puede interesar | PAN-CDMX acusa guerra sucia y montaje de gobierno de Sheinbaum contra Sandra Cuevas

 

Aclaró que sucede lo contrario en aquellos casos en los que la solicitud de información financiera por parte del Estado tiene fines fiscales, supuesto en el cual se ha determinado que no se viola el derecho a la privacidad.

La autoridad hacendaria no requiere autorización judicial previa para solicitar información estrictamente vinculada con la investigación, fiscalización o comprobación de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, porque de hacerlo estaría dependiendo de una diversa autoridad para realizar sus funciones de protección del patrimonio del Estado”, determinó la Corte.

Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Primera Sala del máximo tribunal concedió la demanda de amparo al abogado Peter Bauer Mengelberg, cuñado del magistrado y expresidente del TEPJF, José Luis Vargas, y quien impugnó el artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito.

Con información de Latinus y El Economista

MSA