SCJN avala uso de la fuerza pública en manifestaciones; ¿Esto qué significa?

Fuerza Pública
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló los apartados de la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza que autorizan la intervención de las fuerzas de seguridad en manifestaciones o reuniones públicas que puedan tornarse violentas, no obstante, señaló dos omisiones legislativas que el Congreso debe corregir.

Por mayoría de votos, la SCJN reconoció la validez de los artículos 27, primer párrafo y 28, que regulan la actuación de las policías en manifestaciones y reuniones públicas, al considerar que, derivado de una interpretación sistemática, las normas no transgreden los derechos de seguridad jurídica, libertad de expresión, libertad de reunión ni el principio de legalidad.

El artículo 28 precisa: “cuando las manifestaciones o reuniones públicas se tornen violentas, las policías deberán actuar de acuerdo a los distintos niveles de fuerza establecidos en esta Ley”.

En su propuesta, la ministra Piña Hernández consideró que era necesario declarar la inconstitucionalidad de ambos artículos, debido a que el Congreso no precisó y no específica los alcances de los mismos.

El máximo tribunal determinó que el Congreso de la Unión incurrió en omisiones legislativas sobre dos aspectos:

– La falta de previsión del uso de la fuerza.

– La falta de previsión de la sujeción del uso de la fuerza a los principios de racionalidad y oportunidad.

¿Qué es la fuerza epiletal y cuáles son sus alcances?

La fuerza epiletal permite el uso de armas menos letales o de fuego con la finalidad de neutralizar a los agresores y proteger la integridad de la autoridad o de personas ajenas, con alta probabilidad de dañar gravemente al agresor.

Lo relacionado con este tema se puede encontrar en el Artículo 6 de la Ley Nacional Sobre El Uso De La Fuerza en sus siete apartados:

Dotar de libertad a la fuerza pública, en tiempos de manifestaciones sociales, es la clásica fórmula del neoliberalismo para reprimir al pueblo con la “ley” bajo el brazo. ¿En qué parte esto es por “seguridad” del pueblo?

 

 

Con información de La Razón

AIS