Protección de la propiedad privada se debilita… Y AMLO se aprovecha

La protección de la propiedad privada se debilita y es algo que el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) está aprovechando por medio de decretos

Protección de la propiedad privada se debilita… Y AMLO se aprovecha
Foto: Cuartoscuro

La protección de la propiedad privada se debilita y es algo que el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) está aprovechando por medio de decretos.

En su columna de este domingo para El Economista, el experto en temas económicos Isaac Katz explicó cómo se ha ido debilitando la protección jurídica de la propiedad privada, lo que le da una enorme ventaja al gobierno.

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“A medida que ha evolucionado el marco jurídico, desde el Estatuto Orgánico de 1856, la Constitución de 1857 y hasta la Constitución de 1917, la protección de la propiedad privada se ha debilitado”, escribió Katz.

Katz hace un recuento histórico de cómo se estableció en las leyes el concepto de propiedad privada, hasta llegar a la Constitución de 1917, la cual establece en su artículo 27 que:

“La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponden originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.

“Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización”.

Protección de la propiedad privada se debilita… Y AMLO se aprovecha

El experto ofreció su interpretación sobre este numeral, del cual está sacando provecho el gobierno de López Obrador.

“Cuatro comentarios. Primero, a la propiedad privada no se le considera como un derecho natural, sino uno derivado de la propiedad de la Nación, por lo que la definición de los derechos privados de propiedad es vaga e ineficiente. Segundo, a diferencia del Estatuto y de la Constitución de 1857, en la de 1917 ya no se establece que tiene que haber una indemnización previa, sino que tiene que mediar una, lo que le permite a la autoridad expropiatoria diferir en el tiempo el pago, además de estar condicionado a la disponibilidad de recursos fiscales. Tercero, de acuerdo al artículo 10 de la Ley de Expropiación, la indemnización será a valor comercial, el cual no podrá ser inferior al catastral o fiscal.

“Cuarto, al igual que la Constitución de 1857, en la de 1917 no se establece lo que debe entenderse como de “utilidad pública”; para ello hay que acudir a la Ley de Expropiación. En el artículo 2 se establece que la causa de utilidad pública se sustentará en los dictámenes técnicos (lo que ello pudiera significar). Las causas de utilidad pública están definidas en el artículo 1 de la Ley e incluyen desde bienes públicos puros, pasando por la existencia de un monopolio, los medios empleados para la defensa nacional o para el mantenimiento de la paz pública, la conservación de recursos naturales y hasta la creación, fomento o conservación de una empresa para beneficio de la colectividad (no importa que esté quebrada).

Peligroso creer que comunismo funciona 

“Son tan amplias las causas de utilidad pública que, para efectos prácticos, cualquier bien o recurso que sea propiedad de un particular puede ser expropiado y su dominio pasar a manos del gobierno (que no de la Nación) y lo único impugnable es el monto de la indemnización. Así, la propiedad privada no está eficientemente definida, ni garantizada ni protegida, menos si quien gobierna desprecia la propiedad privada o, peor aún, cree que el comunismo sí funciona. En consecuencia, el riesgo expropiatorio es muy elevado y el costo es menor inversión, crecimiento económico y bienestar”.

Luego de lo que ocurrió con la “ocupación temporal” de Ferrosur —filial de Grupo México—, quedó claro que la protección de la propiedad privada se debilita y es algo que AMLO aprovecha.

JZ