Penas por violación y secuestro en transporte público capitalino aumentan

El Congreso de la Ciudad de México reformó los artículos 160 y 162 del Código Penal para tratar de contener los altos índices de violencia

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Dado que los casos de violación, secuestro y robo en el transporte público de la Ciudad de México se han incrementado desde que comenzó la administración de Claudia Sheinbaum, las autoridades decidieron tomar cartas en el asunto. Pero falta ver si funcionarán.

Por lo anterior se reformaron dos artículos del Código Penal capitalino, en consecuencia se aumentaron las condenas por violación y privación de libertad a pasajeros de transporte público.

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Las modificaciones a los numerales 160 y 162 del Código Penal se publicaron en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, mismas que entraron en vigor este viernes 7 de febrero.

Cabe señalar que esta es la primera vez que se anexa, en el artículo 160, la privación de la libertad a pasajeros que viajen en transporte público y en taxis por aplicación, donde se detalla que por este ilícito se sanciona con una pena que va entre los seis meses y tres años. 

Asimismo, la sanción incrementa si el acto se realiza con violencia, si la víctima es menor de edad o si se encuentra en una situación física o mental inferior.

Con la modificaciones antes descritas, las penas serán de más años si los actos se cometen en transporte público o por taxi aplicación.

Mientras que para el artículo 162 –que dicta una pena entre cuatro y siete años de prisión a quien prive de la libertad para abusar sexuelmente de alguien– con las reformas que se avalaron, el delito será castigado con una mayor condena cuando se efectúe en transporte público o taxi por aplicación. 

Es importante remarcar que dichos ilícitos van a ser investigados sin la necesidad de una denuncia penal, ya que por oficio se iniciará la carpeta de investigación.

¿Estas medidas serán suficientes para contener los altos índices de violencia que día con día padecen los capitalinos?

Con información de El Sol de México