Metro amenaza a deudos de víctimas mortales de Línea 12 por indemnización

El STC Metro de CDMX ha amenazado a familiares o deudos de víctimas que murieron en el desplome de Línea 12, por motivo de la indemnización.

México. Se ha dado a conocer que el Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro de la Ciudad de México, ha advertido a los deudos de las víctimas que murieron por causa del desplome de Línea 12, que “si revelan sin permiso los términos del convenio para la indemnización de $650 mil pesos, se pueden volver acreedores al pago por daños, perjuicios y acciones legales”.

Además, el Metro los ha obligado a que, una vez recibido el dinero de la indemnización, desistan de emprender cualquier tipo de demanda para exigir un monto mayor al establecido en la póliza número 07000122, emitida por el Grupo Mexicano de Seguros (GMS), contratado por el STC por adjudicación directa a través del Acuerdo-03/EXT-03/2020.

Deben estar satisfechos con 650 mil pesos

De acuerdo con medios locales, existen copias de dicho documento, mismo que firmó el apoderado legal del Metro y subdirector de Administración y Finanzas del mismo, Fidel Rodríguez Maldonado (en términos de escritura pública, número 54,432 con fecha del 17 de marzo 2021), con familiares de las personas que fallecieron el pasado 3 de mayo de 2021, tras el desplome de un tramo de la Línea 12.

Además, sobre la reparación del daño a los deudos de víctimas que murieron, las autoridades enfatizaron que “en el contrato se estipuló que se completará el proceso de la indemnización que por derecho les corresponde, de forma integral, única y definitiva, por lo que no pagarán un solo peso adicional a los 650 mil ya establecidos junto a la aseguradora”.

En la séptica cláusula del documento, se habla sobre la confidencialidad a la que están obligados los “beneficiarios” de quienes falleció un familiar durante el desplome, al igual que las autoridades, quienes también están obligadas a guardar la confidencialidad del acuerdo. Ambos, los afectados o deudos y las autoridades, se señalan en el documento como “las partes”.

En el documento también se aclara que “la indemnización por responsabilidad patrimonial, se fijó con base en la opinión favorable de la Dirección General de Normatividad y de Apoyo Técnico de la Secretaría de la Contraloría, mediante el oficio SCG/DGNAT/168/2021 con fecha del 17 de mayo 2021”.

“Los términos del convenio y las negociaciones relacionadas con el mismo, son confidenciales para las partes y sus asesores o abogados, quienes no pueden revelar información o comunicarla por ningún medio, a ningún tercero sin el consentimiento de las otras partes”.

En el documento descrito, también se especifica que “los deudos (o afectados) no podrán emprender demandas después de aceptar la compensación económica fijada por cada una de las víctimas mortales”.

También establece que “las personas beneficiadas se darán por satisfechas, conformes y dan por concluidos los procedimientos presentes y futuros sobre los mismos hechos en los diferentes ámbitos que se pudieran promover, luego que el STC cubra de forma integra y por única ocasión, por concepto de reparación integral o de equidad, la cantidad de 650 mil pesos en una sola exhibición”.

IL