La consulta “de juguete” de AMLO viola estos artículos de la Constitución

En su afán por hacer cumplir su voluntad, Andrés Manuel López Obrador, es conocido por pagar precios altos que, inclusive, han demeritado su credibilidad y prestigio.

Tal es el caso de la consulta popular “de juguete” que impulsa el presidente electo para cancelar el proyecto del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (NAICM) y consumar su propuesta construcción de dos pistas para aviones en la base aérea militar de Santa Lucía.

Y además de que la consulta popular “de juguete” de AMLO (que comenzó a levantarse este jueves 25 de octubre) ha perdido legitimidad desde que usuarios han difundido fotos en las que votan más de una vez, por si fuera poco, esta consulta también viola la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El artículo 35 constitucional es el primero que Andrés Manuel López Obrador y la empresa consultora de su preferencia desobedecen, el cual, entre otras cosas, establece que:

  • La consulta popular se realizará el mismo día de la jornada electoral federal”.
  • La consulta sólo tendrá carácter vinculatorio cuando la participación corresponda a menos el 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal;
  • No podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente. Además, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverá, previo a la convocatoria que realice el Congreso de la Unión, sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta.

Pero también el artículo 27 constitucional, que toca el tema de las tierras y aguas que pertenecen a la nación y que sólo ésta podrá transmitir su potestad para conformar la propiedad privada.

  • Corresponde a la Nación el dominio directo de todo el espacio situado sobre el territorio nacional, en la extensión y términos que fije el Derecho Internacional.

Ahora que el llamado “mesías tropical” promueve sin objetividad un proyecto aeroportuario que carece de sustento científico como el de Santa Lucía, es necesario hacer hincapié que su consulta popular como pretexto para cumplir su capricho también carece de sustento legal al contravenir la Constitución.