Juez admite primer amparo de municipios contra “Plan B”

Ayuntamientos señalan que el Congreso de la Unión no tiene facultades para limitar el ejercicio presupuestal asignado a los municipios

Juez admite primer amparo de municipios contra “Plan B”
Foto: El Heraldo de México

Un juez federal admitió a trámite este martes el primer amparo en contra del paquete de reformas a las leyes electorales, mejor conocido como “El Plan B” de la Reforma Electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Se trata del recurso 202/2023 promovido el 9 de febrero por la Asociación de Municipios de México (Ammac) en contra de modificaciones hechas a la Ley General de Comunicación Social, la cual establece que estados y municipios sólo pueden dedicar el 0.1 por ciento de su presupuesto anual a su programa de comunicación.

En particular, esta reforma generó descontento en varios ayuntamientos del país como Ciudad Lerdo, Durango, e Irapuato, Guanajuato, quienes alegaron que el Gobierno Federal les limitó la facultad para promocionar sus acciones en los medios de comunicación, por lo que se unieron a la Ammac para presentar un amparo en contra de la modificación.

El decreto nos limita para hacer propaganda a través de los medios de comunicación, prácticamente nos quitaron poder pagar la publicidad como tal”, denunció el alcalde de Lerdo, Homero Martínez.

En su demanda, la Ammac argumentó que, en aplicación del principio de autonomía presupuestal de los gobiernos locales, el Congreso de la Unión no tiene facultades para limitar el ejercicio presupuestal asignado a los municipios, como se establece en la nueva LGCS.

Esta legislación, en la que además se modificó el concepto de propaganda gubernamental para que no se sancione a los funcionarios por las opiniones que expresan, y los cambios a la Ley General de Responsabilidades a los Servidores Públicos, fueron la única parte del “Plan B” aprobada por el Congreso de la Unión en diciembre pasado.

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La reforma a la llamada “Ley Chayote” forma parte del paquete de modificaciones electorales propuestas por la administración de López Obrador y que entraron en vigor el 27 de diciembre luego de ser aprobadas en San Lázaro.

Derivado de ello, la Ammac presentó un amparo el cual fue aceptado a trámite por Germán Cruz Silva, juez Segundo de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México.

Sin embargo, éste negó la suspensión provisional requerida por la Asociación de Municipios de México para interrumpir la aplicación de la reforma en tanto se resuelve el asunto definitivamente.

En su lugar, el juzgador determinó que será el próximo 20 de febrero cuando emita su resolución sobre si otorga o no la suspensión definitiva, mientras que será un mes después, el 27 de marzo, cuando determine si concede el amparo o lo niega.

Otras organizaciones de la sociedad civil como Artículo-19 lamentaron que las modificaciones hechas por la mayoría de Morena en la Cámara de Diputados no regulan adecuadamente la publicidad oficial, ya que”prescinden de principios como el de pluralidad mediática, equidad, no discriminación y rendición de cuentas” para la asignación de recursos.

Con información de Proceso y El Financiero

MSA