INE ordenó a Samuel García borrar las publicaciones en donde usa a menores de edad

Consejeros apuntaron que dichas publicaciones podrían vulnerar el interés superior de la niñez

INE ordenó a Samuel García borrar las publicaciones en donde usa a menores de edad
Foto: El Sol de México / Roberto Hernández

El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a Samuel García, gobernador de Nuevo León, que elimine las publicaciones que difundió en sus redes sociales en donde aparecen rostros de menores de edad. 

Por unanimidad, la Comisión de Quejas y Denuncias del órgano electoral apuntó que dichas publicaciones de quien fuera el precandidato presidencial de Movimiento Ciudadano (MC) podrían vulnerar el interés superior de la niñez.

En este sentido, indicaron que no se presentaron pruebas de que García Sepulveda obtuvo las autorizaciones correspondientes de los menores y de sus tutores, como lo establecen los lineamientos aprobados por el INE. 

Rafael Ángel Lecón Domínguez denunció a Samuel Alejandro García Sepúlveda, derivado de la publicación de imágenes de menores de edad en su red social X, lo cual, a decir del quejoso, vulnera el interés superior de la niñez. La Comisión determinó procedente la solicitud de medida cautelar porque, bajo la apariencia del buen derecho el denunciado no presentó los documentos que comprueben la autorización o consentimiento para participar en la propaganda“, señaló la Comisión en un comunicado.

Con ello, García Sepúlveda deberá en un plazo no mayor a tres horas, eliminar o, en su caso, difuminar las imágenes de los menores que aparecen en la publicación denunciada.

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Además, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentó una denuncia en contra de Samuel García por la supuesta realización de actos anticipados de campaña y la vulneración al interés superior de la niñez.

La Comisión de Quejas analizó un video publicado en el perfil de TikTok de Samuel García y determinó, preliminarmente, que no contiene referencias electorales, declarándolo improcedente en relación con actos anticipados de campaña.

Sin embargo, se consideró que, en cuanto a la vulneración al interés superior de la niñez, era procedente la medida cautelar, la cual ordena a Samuel García eliminar la publicación o bien, difuminar los rostros de los menores de edad en un plazo máximo de tres horas, ya que preliminarmente podría afectar el interés superior de la niñez. 

Con información de López Dóriga Digital y Debate

MSA