INAI rechazó petición de AMLO para investigar a Loret de Mola

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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI); rechazó la petición del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) para investigar los bienes y origen de la riqueza del periodista Carlos Loret de Mola.

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INAI rechazó petición de AMLO para investigar a Loret de Mola

En sesión ordinaria, Blanca Lilia Ibarra, consejera del INAI, informó que la ley sostiene que las autoridades sólo pueden hacer aquello para lo que están facultados de manera expresa; motivo por el cual el instituto no puede atender la solicitud de López Obrador.

“En referencia a su petición consistente en que esté instituto lleve a cabo una investigación para hacer públicas las percepciones, los bienes, y el origen, de la riqueza que posee el señor Carlos Loret de Mola, socios y familiares; se le informa que el INAI no cuenta con facultades constitucionales ni legales para realizar investigaciones como la solicitada”, dijo Blanca Lilia Ibarra.

Asimismo, la consejera del INAI explicó que investigar a Loret de Mola incluye requerir a diversas instituciones relacionadas como el Servicio de Administración Tributaria (SAT); la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF); así como registros públicos de la propiedad, entre otros.

Por lo anterior, el INAI sugirió al mandatario tabasqueño “dirigir su solicitud de información a los sujetos obligados antes citados a efecto de que como primeros responsables; sean quienes puedan pronunciarse al respecto”.

En resumidas cuentas, el INAI no atenderá la petición de López Obrador para investigar y revelar el sueldo del periodista.

INAI no dará a conocer las factura de Carlos Loret de Mola

También, el Instituto señaló que los artículos sexto y 16 de la Constitución no le permiten al presidente López Obrador, en su calidad de ciudadano, dar a conocer las facturas y comprobantes de los ingresos de Loret de Mola.

“El artículo sexto dice que la información que se refiere a la vida privada, los datos personales serán protegidos en los términos y las excepciones que fijen las leyes; mientras que el artículo 16 establece que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales”, dejó en claro la comisionada del INAI.

“Para dar a conocer datos personales, es necesario contar con el consentimiento previo de la persona en cuestión; el cual debe otorgarse de manera libre específica e informada y en algunos casos, de manera expresa”, concluyó el INAI.

DC