El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) celebró el fallo emitido esta tarde por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por el que invalidó el decreto con el que se declaran como de “seguridad nacional” e “interés público” las obras de infraestructura del Gobierno Federal.
El INAI reconoce el fallo de la @SCJN que determina la invalidez del Acuerdo por el que se declaran como de seguridad nacional y de interés público los proyectos y obras de infraestructura del Gobierno Federal, publicado en el @DOF_SEGOB el 22 de noviembre de 2021. pic.twitter.com/nt2M3R6dvD
— INAI (@INAImexico) May 18, 2023
En un comunicado, el órgano autónomo aseguró que con esta decisión de La Corte se salva el derecho de la sociedad a conocer y acceder a toda la información relacionada con los proyectos de la administración de Andrés Manuel López Obrador, “lo cual permitirá monitorear su desarrollo y vigilar que el gasto público se lleve a cabo de manera eficaz y eficiente”.
Las y los comisionados recordaron que el pasado 10 de diciembre de 2021, el INAI interpuso ante la SCJN una controversia constitucional (217/2021) al advertir que dicho Acuerdo realizaba una reserva anticipada y generalizada de la información relacionada con los proyectos u obras del Gobierno federal, hecho que vulneraba el derecho a saber de la sociedad.
“El Instituto concluyó que existía una posible violación al derecho de acceso a la información, previsto en el artículo 6º de la Constitución mexicana, así como a las facultades del INAI, pues si bien la seguridad nacional y el interés público son causales de reserva o clasificación de la información, lo cierto es que se debe analizar caso por caso y elaborar la prueba de daño correspondiente”, denunciaron.
1⃣Hoy la @SCJN resolvió y dio la razón al INAI respecto a la Controversia Constitucional vs Decreto que señalaba, en su artículo 1º, como asunto de seguridad nacional los megaproyectos que fue publicado en el @DOF_SEGOB en el 2021. No se puede reservar la información
🧵Abro hilo pic.twitter.com/EtwrOWX9xA— Julieta Del Río Venegas (@JulietDelrio) May 18, 2023
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Además, señalaron que el acuerdo ampliaba el concepto de seguridad nacional y alteraba los supuestos de excepción para la reserva de la información pública.
El INAI actúa con autonomía, en defensa de los derechos que tutelamos.
Reconozco el fallo de la @SCJN que determina la invalidez del Acuerdo por el que se declaran como de seguridad nacional y de interés público los proyectos y obras del Gobierno federal, #Decretazo. https://t.co/KBQkpjSvtU
— Blanca Lilia Ibarra (@bl_ibarra) May 18, 2023
Por tanto, el Instituto concluyó que existía una posible violación al derecho de acceso a la información, previsto en artículo 6º de la Constitución mexicana, así como a las facultades del INAI, pues si bien la seguridad nacional y el interés público son causales de reserva o clasificación de la información, lo cierto es que se debe analizar caso por caso y elaborar la prueba de daño correspondiente.
Asimismo, añadieron que el “decretazo” impacta el derecho a saber y contraviene la facultad del INAI para delimitar los alcances de la seguridad nacional y el interés público, al situar toda la información generada en el desarrollo de obras y proyectos referidos dentro de la aplicación del supuesto de reserva.
Reconoce INAI fallo de la @SCJN a favor del derecho de acceso a la información sobre proyectos y obras del Gobierno federal.
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— INAI (@INAImexico) May 18, 2023
Con información de La Razón y El Universal
MSA