Fiscal morelense obtiene tercera orden de liberación inmediata

Magistrados determinaron que Uriel Carmona tiene fuero constitucional y no es susceptible de ser aprehendido

Fiscal morelense obtiene tercera orden de liberación inmediata
Foto: Excélsior

Un Tribunal Federal ordenó, por tercera ocasión, la liberación inmediata de Uriel Carmona, fiscal de Morelos, debido a que tiene fuero constitucional y no es susceptible de ser aprehendido.

Durante una sesión extraordinaria, realizada este miércoles, dos magistradas y un magistrado del Séptimo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Penal resolvieron la queja 222/2023 promovida por la defensa de Carmona Gándara, debido a que una jueza de Distrito determinó negarle la suspensión provisional solicitada para decretar el cambio de medida cautelar del quejoso para que siga su proceso en libertad y salga de prisión de inmediato.

En la sentencia se establece que de las constancias acreditadas en el expediente, el Fiscal de Morelos posiblemente sí cuenta con fuero constitucional.

Por ello, determinaron que Carmona Gándara debe de salir inmediatamente del penal de máxima seguridad del Altiplano, en el municipio de Almoloya, Estado de México.

Conforme a lo antes destacado, de manera preliminar, los antecedentes expuestos por el quejoso, revelan que es probable, que el ahora disidente aún goce de fuero, en la medida en que no se advierten elementos objetivos que patenticen lo contrario; tal como dice lo afirmó en los recursos de queja penal 206/2023 y 213/2023, del índice del Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, donde el quejoso, alegó contar con tal calidad, respecto de diversos procedimientos penales incoados en otras carpetas judiciales”, señala la sentencia.

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El magistrado ponente, Miguel Enrique Sánchez Frías, le dio el visto bueno al recurso de queja que interpuso el fiscal con anterioridad. En consecuencia, se le concedió la suspensión provisional contra su orden de aprehensión.

Esto se debió, explicó el magistrado, Uriel Carmona cuenta con fuero, por lo que no es posible que se le haya decretado la medida de prisión preventiva justiciada, luego de que se le cumplimentó una tercera orden de captura.

El ahora quejoso sí cuenta con un fuero y este fuero implica que no puede sometido y privado de su libertad, sino hasta que se haga un procedimiento para que deje de tener este fuero”, dijo.

Esta conclusión fue apoyada por las magistradas Antonia Herlinda Velasco Villavicencio y Ana Marcela Zatrain Barret, por lo que deberá ser acatada por un juez de control del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX), mismo que deberá de ordenar la liberación.

Las magistradas y el magistrado, precisaron que una vez que Uriel Carmona se encuentre provisionalmente restituido en su libertad, y a disposición de la jueza de amparo, deberá sujetarse a las siguientes obligaciones:

Comparecer ante el juez de control responsable, dentro de las 24 horas siguientes a la que obtenga su libertad, para continuar con el proceso penal seguido en su contra, lo que deberá acreditar ante la jueza de Distrito de Amparo mencionada, en un término de 24 horas contadas a partir de su comparecencia al juzgado de control”.

Con información de Aristegui Noticias y Telediario

MSA