Dan revés a la FGR: Confirman libertad de “Don Rodo”, hermano de “El Mencho”

Un Tribunal de Apelación aprobó un proyecto con el que se determinó no vincular a proceso a Abraham Oseguera Cervantes

Dan revés a la FGR: Confirman libertad de “Don Rodo”, hermano de “El Mencho”
Foto: ABC Noticias

Un Tribunal de Apelación confirmó el auto de libertad que se le otorgó a Abraham Oseguera Cervantes, alias “Don Rodo”; identificado como hermano de Nemesio Oseguera Cervantes, alias “El Mencho”, líder del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG).

FGR impugnó liberación de “Don Rodo

Luego de ser detenido el pasado domingo 21 de abril, Abraham Oseguera fue puesto en libertad luego que un juzgado consideró que no había elementos suficientes para vincularlo a proceso.

Don Rodo” había sido capturado por presuntos delitos contra la salud y posesión de armas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, ello imputado por la Fiscalía General de la República (FGR), sin embargo, la defensa y familiares del imputado reclamaron al respecto.

Tras ello, la fiscalía encabezada por Alejandro Gertz Manero anunció que impugnaría la decisión de liberar al hermano de “El Mencho”.

Sin embargo, magistrados de un Tribunal de Apelación dieron un revés a la FGR y confirmaron el auto de libertad otorgado a Abraham Oseguera Cervantes.

Aprueban proyecto con el que no se vincula a proceso a hermano de “El Mencho

Por unanimidad, avalaron la resolución del juez de control Rogelio León Díaz, con residencia en el Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya de Juárez, Estado de México, en la que determinó no vincular a proceso a “Don Rodo” por su presunta responsabilidad en delitos de portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército y contra la salud, debido a irregularidades de la Guardia Nacional durante su detención en el municipio de Autlán de Navarro, Jalisco.

El Tribunal ratificó que la detención de “Don Rodo” no sucedió como lo narraron los agentes de la Guardia Nacional (GN) y como lo presentó la FGR en el informe policial homologado.

Se aprecia que al emitir la resolución impugnada, el juez primigenio refirió las razones que lo condujeron a estimar que el informe policial homologado fue desvirtuado con los datos de prueba aportados por la defensa del justiciable, específicamente con el dictamen en materia de informática forense, del que se aprecia que los hechos no sucedieron como lo narraron los agentes aprehensores; de ahí que se concluya que no existe trasgresión a la prerrogativa contenida en el párrafo primero del ordinal 16, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, se indicó.

Con información de El Universal y El Financiero

MSA