Corte propina revés a política energética de Nahle; beneficia a CFE

Con este fallo, la Corte le ha propinado su golpe más fuerte a las iniciativas impulsadas por la 4T

Dan revés a política de Nahle
Foto: Especial

Este miércoles, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló puntos clave de la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN) que impulsó la secretaria de Energía (Sener) Rocío Nahle.

Esto, bajo el argumento de que invade las facultades de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y ofrece una indebida ventaja a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Fue con cuatro votos a favor uno en contra, que la Sala aprobó el proyecto de sentencia del ministro Luis María Aguilar. Con ello invalidó 22 disposiciones de dicha Política que la Sener publicó en mayo de 2020 y que fue duramente criticadas porque atentaban contra los productores privados de fuentes renovables.

Ante esta situación, los ministros declararon fundados la mayor parte de los argumentos de la Cofece, instancia que presentó esta controversia; y únicamente reconocieron la validez de cinco disposiciones impugnadas.

Cabe señalar que este es el revés más importante que el Máximo Tribunal del país le ha dado a las políticas impulsadas por el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, ya que una decena de reformas en otras materias que han sido impugnadas ante la SCJN, se encuentran pendientes de sentencia.

Sin embargo, la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica que López Obrador le envió al Congreso, en carácter de preferente, retoma todas las disposiciones de la Sener que anuló la Corte, pero si es aprobada requerirá de litigios adicionales de las compañías afectadas y de la propia Cofece.

“El Acuerdo por el que se emite la Política de Confiabilidad del SEN obstaculiza el cumplimiento de las finalidades constitucionales que se encomendaron a Cofece, toda vez que anula presupuestos que deben darse para que exista competencia económica y libre concurrencia en el mercado de generación y suministro de energía eléctrica, particularmente en lo que concierne a las energías limpias intermitentes“, reza el fallo del ministro Aguilar.

Fallos como éste son los que se le reconocen a la SCJN que a veces pareciera estár a merced de la “Cuarta Transformación”.

Con información de Reforma y Milenio

JZ