Consulta Popular, el “remedio mágico” de AMLO

¿Qué dice la ley al respecto? ¿En verdad todos los temas de trascendencia nacional pueden ser materia de una consulta popular?

El aspirante presidencial de Morena, Andrés Manuel López Obrador, participó la noche de este miércoles en un debate en Milenio Televisión, donde también participaron periodistas del canal de noticias.

Entre sus frases y propuestas, destacaron la de “tumbar” la Reforma Educativa, aunque después se retractó y dijo que en caso de ganar la presidencia de la República, llamaría a una consulta popular.

También habló sobre los derechos humanos, a los cuales el tabasqueño dijo respetar y no decir más porque “no quiere ofender a los que representa, que el aborto, matrimonio gay y adopción homoparental se pondrán a consulta”.

El único modo que parece conocer el morenista es a través de consultas.

A lo anterior, hay que dejar en claro qué es lo que dice el artículo 11 de la Ley Federal de Consulta Popular, respecto a las mismas.

Se establece que no podrán ser objeto de consulta popular: la restricción de los derechos humanos reconocidos por la Constitución, plasmados en los artículos 1º, 4º y 6º de nuestra Carta Magna.

Además, la Ley Federal de Consulta Popular refiere que podrán consultarse a través de ella todos los temas “de trascendencia nacional“, dependiendo de que un tema impacte a la mayoría del territorio del país y a “parte significativa” de la población.

Se realiza por solicitud presentada ante alguna de las cámaras del Congreso, ya sea por el Presidente, el 33 por ciento de los diputados o de los senadores, y el 2 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores (alrededor de 1 millón 600 mil personas).

Dicha solicitud debe contener al menos tres datos: los nombres y firmas de los solicitantes, el motivo por el que quieren llamar a una consulta y los argumentos que respalden que un tema es de trascendencia nacional, así como la única pregunta que se haría a los ciudadanos.

Solamente se permitirá realizar una pregunta en la encuesta popular, misma que “deberá ser elaborada sin contenidos tendenciosos o juicios de valor y formulada de tal manera que produzca una respuesta categórica en sentido positivo (SÍ)  o negativo (NO)“, señala la ley.

Aquí la pregunta para el dueño de Morena: ¿En verdad todos los temas de trascendencia nacional pueden ser materia de una consulta popular?

La respuesta es un contundente NO. Hay tiempos, formas y reglas. Andrés Manuel López Obrador va por la demagogia de nueva cuenta, como buen “mesías tropical” que es.