
La iniciativa de reforma a la constitución con la que se crearía la Guardia Nacional, publicada este martes 20 de noviembre en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, entre sus cambios, le otorga facultades exclusivas del Congreso al presidente electo, Andrés Manuel López Obrador.
El proyecto presentado por la bancada de Morena en la Cámara baja, concentra en el Presidente de la República todas las facultades para disponer de la Guardia Nacional, eliminando los contrapesos del Poder Legislativo que se encuentran contemplados en la Constitución.
En la actualidad, se establece en los artículos 76 y 78 de la Constitución, el Senado, o en su defecto la Comisión Permanente del Congreso, tienen la facultad exclusiva de “dar su consentimiento para que el presidente de la República pueda disponer de la Guardia Nacional”.
Es decir, se trata de un contrapeso específico del Poder Legislativo el cual limita al Ejecutivo federal, de disponer dichas facultades.
No obstante la propuesta de reforma constitucional proyecta derogar las fracciones de los artículos 76 y 78, eliminando este contrapeso del legislativo, con lo que se concentran en el presidente todas las facultades para manejar y disponer de la Guardia Nacional.
Ante esto, ¿Qué significaría que AMLO tuviera el poder absoluto de la Guardia Nacional?