​​SCJN publica declaratoria sobre uso lúdico de la marihuana

La sentencia de la SCJN establece que la Secretaría de Salud deberá emitir esas autorizaciones solo a personas adultas

SCJN publica declaratoria sobre uso lúdico de la marihuana
Foto: Expansión Política

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la sentencia de la declaratoria general de inconstitucionalidad (DGI) sobre regulaciones para el uso lúdico y recreativo de la marihuana.

La sentencia establece que “en lo sucesivo, y mientras el Congreso de la Unión no legisle al respecto, la Secretaría de Salud deberá emitir esas autorizaciones solo a personas adultas”.

Se remueve el obstáculo jurídico para que la Secretaría de Salud, a través del órgano competente, autorice en lo sucesivo las actividades relacionadas con el autoconsumo de, exclusivamente, cannabis y tetrahidrocannabinol (THC) con fines recreativos, respetando el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad reconocido por el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, se lee en el documento.

Esta regulación se encuentra contenida en los artículos 235 y 247 de la Ley General de Salud, como parte del proceso para que los interesados puedan solicitar a la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris) permisos para consumirla de manera legal.

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En ese sentido, esta Comisión estará a cargo de establecer los lineamientos y modalidades para la adquisición de la semilla de la mariguana.

Sin embargo, aclaró que estos permisos no incluirán la autorización para “importar, comerciar, suministrar, o cualquier otro acto que se refiera a la enajenación y/o distribución de las substancias antes aludidas”.

Es decir, que cualquier tipo de venta o lucro con el cannabis seguirá estando prohibido, y solo se podrá producir y procesar la planta para el autoconsumo.

Con información de La Jornada y Político.mx

MSA