TEPJF sanciona a encuestadoras por difundir información falsa sobre elección en Edomex

Se concluyó que las infracciones cometidas ocasionaron que la ciudadanía recibiera información sobre preferencias electorales sin bases objetivas

TEPJF sanciona a encuestadoras del por difundir información falsa sobre elección en Edomex
Foto: El Sol de México / Adrián Vázquez

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sancionó a dos encuestadoras por poner en riesgo la equidad en la contienda electoral en el Estado de México.

Por unanimidad, los magistrados confirmaron la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) que sancionó a las encuestadoras Gobernante S.C. y Demoscopía Digital por difundir encuestas sin sustento metodológico y registrar opacidad en la presentación de resultados en sus levantamientos de los pasadas comicios donde la morenista Delfina Gómez resultó electa. 

En ese sentido, expresaron que dichas encuestadoras omitieron señalar quién los patrocinó o pagó las encuestas, así como exponer algún parámetro diverso del cálculo de frecuencias relativas de las respuestas de la muestra estudiada.

La ciudadanía recibió información sobre preferencias electorales sin bases objetivas

El panista Juan Carlos Núñez Armas denunció que estas dos empresas difundieron encuestas con “información falsa y sin sustento” sobre las elecciones en el Estado de México, por lo cual violaron las disposiciones de publicación de encuestas electorales.

Debido a ello, el Tribunal electoral inició una investigación y se determinó que Gobernante S.C. “no identificó quién solicitó, ordenó o pagó por la publicación de la encuesta”, mientras que Demoscopía Digital “no especificó si la encuesta incluía estimaciones de resultados, modelos de probables votantes u otros parámetros”.  

La investigación consideró que las encuestas vulneraron el artículo 136, párrafo 6 y 7, del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral (INE), donde se establece que las encuestadoras deberán presentar la información sobre quien patrocinó, realizó u ordenó el pago de una publicación de esta naturaleza, además de hacer las especificaciones pertinentes sobre los datos presentados como resultados. 

Derivado de la publicación de encuestas que beneficiaban a la otrora candidata a la gubernatura del Estado de México, Delfina Gómez Álvarez. En consecuencia, el Tribunal local impuso a la parte actora una amonestación pública”, se lee en la sentencia. 

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Se concluyó que las infracciones cometidas ocasionaron que la ciudadanía recibiera información sobre preferencias electorales sin bases objetivas, lo que pudo afectar la equidad en la contienda, por lo cual, se les impuso una amonestación pública.

Los resultados de las encuestas sancionadas aparecieron en cadenas de radio y televisión, pautados por el partido Morena, refirió el documento.

Estos spots señalaban que la candidata guinda se encontraba más de 20 puntos arriba de su adversaria, Alejandra del Moral, quien buscó la candidatura en la coalición del PAN, PRD y PRI. 

Además, el TEPJF además identificó que los promocionales fueron transmitidos el 17 de mayo, siendo que los resultados se publicaron el 6 y 21 de abril, en el caso de Gobernarte, y el 10 de abril, en el de Demoscopía Digital. 

Con información de W Radio y Radio Fórmula

MSA