TEPJF rechaza que hay calumnia en spot del PRI sobre periodistas

La Sala Superior determinó que los argumentos formulados por Morena carecen de una base argumentativa sólida

TEPJF rechaza que hay calumnia en spot del PRI sobre periodistas
Foto: YouTube / Campaigns & Elections México

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia dictada por la Sala Regional Especializada, la cual determinó la inexistencia de supuestas calumnias, actos anticipados de campaña y mal uso de la pauta por parte del PRI con el promocional titulado “Periodistas“.

Morena consideró que con la difusión de dicho mensaje difundido en radio y televisión, y que fue pautado en el periodo de intercampaña local en los estados de Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas, se buscó confundir al electorado con la imputación de hechos falsos que afectaban su imagen e influían en los procesos electorales locales, vulnerando el principio de equidad en la contienda

Sin embargo, la Sala Regional Especializada determinó que no se actualizaba el elemento objetivo para acreditar la calumnia, ya que el material denunciado no contenía un hecho falso, pues el spot consistía en una crítica severa al actual gobierno federal en relación con la labor periodística en México.

En ese sentido, señaló que si bien se acreditaron los elementos personal y temporal de los actos anticipados de campaña –al ser pautado por el PRI y difundido en el periodo de intercampaña–, no hubo un llamado de apoyo en favor o contra de alguna fuerza política.

Finalmente, tampoco se acreditó el uso indebido de la pauta, porque el contenido del promocional sólo contiene opiniones sobre temas de inseguridad y violencia, es decir, contenido genérico, sin que se advirtieran expresiones que influyan en el voto de la ciudadanía.

Morena interpuso un recurso contra esa determinación de la Sala Regional, pero en la Sala Superior se confirmó, por unanimidad, lo resuelto en la instancia previa, al considerar que fue adecuada la conclusión sobre la inexistencia de calumnia, pues el spot no contiene imputación de un hecho falso, sino que expresa una opinión de un tema de interés general.

Además, la Sala Superior determinó que los argumentos formulados por Morena para demostrar la inexistencia de los actos anticipados de campaña carecen de una base argumentativa sólida, ya que no expresa de manera clara el motivo de inconformidad para confrontar los razonamientos sostenidos por la Sala Regional.

Por otra parte, la Sala Superior también consideró ineficaces los planteamientos de Morena relacionados con el uso indebido de la pauta, pues esta última infracción dependía de la existencia de las primeras.

Con información de Milenio

MSA