TEPJF ratifica infracción a Obrador, Sheinbaum y Del Mazo por violar veda electoral

Los magistrados de la Sala Superior confirmaron que dichos funcionarios vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad

TEPJF ratifica infracción a Obrador, Sheinbaum y Del Mazo por violar veda electoral
Foto: La Razón

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sanción que impuso la Sala Regional a diversos servidores públicos -entre ellos el presidente Andrés Manuel López ObradorClaudia Sheinbaum, entonces jefa de Gobierno de la Ciudad de México; y Alfredo Del Mazo, como gobernador del Estado de México, por violar la veda electoral en marco de la consulta de la Revocación de Mandato.

Por unanimidad de votos, los magistrados de la Sala Superior confirmaron que dichos funcionarios vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad.

Ello debido a que difundieron indebidamente propaganda gubernamental por los actos de inauguración del Aeropuerto Internacional “Felipe Ángeles” (AIFA) el 21 de marzo de 2022 y las conferencias matutinas del 21, 28 y 30 de marzo de 2022, así como en diversas publicaciones en redes sociales.

Magistrados confirman uso indebido de recursos públicos 

Previamente, la Sala Regional Especializada determinó la existencia de dichas infracciones, pero las personas denunciadas, en desacuerdo con esta decisión, acudieron a la Sala Superior.

El pleno, en sesión pública presencial, a propuesta del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, con la ausencia justificada del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, confirmó que se difundió indebidamente propaganda gubernamental y consideró que se constató el uso indebido de recursos públicos en la realización y difusión de estos eventos, que se verificaron durante el periodo prohibido de la revocación de mandato.

No obstante, la Sala Superior revocó parcialmente la sentencia porque la Sala Especializada no analizó adecuadamente la responsabilidad de Alfredo Del Mazo, únicamente en relación con el uso indebido de recursos públicos.

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El caso se originó con las denuncias presentadas por el Partido Acción Nacional (PAN), que sostuvo que, durante los actos de inauguración del AIFA y en las conferencias mañaneras del 21, 28 y 30 de marzo de 2022, así como en diversas publicaciones, se difundió propaganda gubernamental durante el periodo prohibido de la Revocación de Mandato.

De acuerdo con el partido blanquiazul, en tales eventos se enfatizaron logros, acciones y proyectos del gobierno, con el objetivo de ganar el respaldo ciudadano, empleando para ello recursos humanos y materiales del Estado. 

Por su parte, el magistrado presidente del Tribunal Electoral, Reyes Rodríguez Mondragón, elaboró la sentencia, que fue avalada por votación unánime.

Con información de Aristegui Noticias y Latinus

MSA