¿“Supremacía Constitucional” frena los amparos contra la reforma al PJ?

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Especial

La tarde del pasado jueves se hizo la declaratoria de validez de la reforma conocida como “Supremacía Constitucional” con la que Morena pretende blindar todas sus reformas constitucionales y así poder hacer lo que quieran. Incluso Noroña, presidente del Senado, ordenó frenar las acciones en contra de la reforma al Poder Judicial.

No obstante, lo anterior etaría violeando el principio de retroactividad, hecho que los legisladores de oposición ya denunciaron.

“Instruyo a la dirección jurídica del Senado de la República para que, de manera inmediata, una vez promulgada, publicada y vigente la reforma en materia de impugnabilidad, solicite ante la Suprema Corte de la Nación el sobreseimiento de toda controversia en acción de inconstitucionalidad y juicios de amparo que se tramiten en contra de la reforma que se hizo en materia del poder judicial y que hoy es Constitución vigente”, exigió Noroña.

Sin embargo la llamada “supremacía constitucional” de ninguna manera anula las impugnaciones a la reforma al poder Judicial. Ya que ninguna ley debe tener efecto retroactivo, expresó el Grupo Parlamentario de Acción Nacional en el Senado de la República.

Cabe destacar que en el dictamen de la “Supremacía Constitucional” también agregaron un transitorio para poder violar el principio de retroactividad.

Establece un transitorio para que “los asuntos que se encuentren en trámite” se resuelvan “conforme a las disposiciones contenidas en el presente decreto”.

Principio de retroactividad

Esto se encuentra sustentado en el artículo 14 de la Constitución Federal, y establece que “a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”.