Suprema Corte avala prohibición del matrimonio infantil

Para el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, el matrimonio infantil se debe analizar desde una perspectiva de género, ya que principalmente afecta a los niñas

Este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el matrimonio infantil queda prohibido, con el fin de proteger la integridad menores de edad.

Para el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, el matrimonio infantil se debe analizar desde una perspectiva de género, ya que principalmente afecta a los niñas.

“Esto no implica que las adolescentes no tengan una autonomía progresiva, la tienen, pero el hecho institucional del matrimonio puede regularse de manera que sólo los adultos tengan acceso a él porque con ello se busca proteger a las niñas”, recalcó el ministro.

Para la ministra, Norma Lucía Piña Hernández —y con base en estudios de organismos internacionales—, el matrimonio infantil puede ser una experiencia nociva que perjudica a niños y adolescentes.

Ante tal situación, el ministro Zaldívar hizo énfasis en la vulnerabilidad que viven las menores de edad cuando contraen matrimonio.

“No debe perderse de vista, que con esta prohibición absoluta se busca erradicar el matrimonio infantil precoz e incluso, forzado. Cómo está plenamente documentado, tales matrimonios ponen en riesgo el ejercicio de los derechos de las niñas, como el derecho a la educación, salud, vida, libertad y autonomía”, concluyó.

Esta resolución da por terminada la acción de inconstitucionalidad que presentó la Comisión de Derechos Humanos del estado de Aguascalientes, con la que intentó impugnar la prohibición absoluta del matrimonio infantil