SCJN valida participación del Ejército en tareas de seguridad pública

Los ministros determinaron que el Acuerdo presidencial no invade las atribuciones de los gobiernos estatales y municipales

SCJN valida participación del Ejército en tareas de seguridad pública
Foto: Infobae

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el acuerdo que permite a las Fuerzas Armadas realizar tareas de seguridad pública, mientras se consolida la Guardia Nacional (GN).

Los ministros desecharon las controversias constitucionales promovidas por los municipios de Colima, Colima, y Pabellón de Arteaga, Aguascalientes; así como del gobierno del estado de Michoacán, en contra del Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 11 de mayo de 2020, por el que se dispone del Ejército Mexicano de llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.

Tras un análisis, la Corte determinó que el Acuerdo impugnado no invade las competencias ni atribuciones de los gobiernos estatales y municipales.

De acuerdo con la decisión de la mayoría, el artículo 21 constitucional establece que la seguridad pública es una materia concurrente de los tres niveles de gobierno y, por ello, no implica subordinación, dependencia o intromisión del Poder Ejecutivo Federal.

Se recalcó que el acuerdo presidencial establece que la intervención de las “Fuerzas Armadas será extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”.

SCJN ya desechó  otra impugnación sobre este acuerdo 

 

La ministra ponente, Margarita Ríos Farjat, consideró que la coordinación que se está dando entre las Secretarías de la Defensa Nacional (Sedena), de Marina-Armada de México (Semar) y de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) está consolidando el proyecto de la GN.

En el Acuerdo que aquí se analiza, estamos proponiendo nuevamente reconocer la constitucionalidad de parte de esta coordinación entre las secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana con las de la Defensa Nacional y de Marina”, consideró.

Y añadió: “Este contexto es el que está rigiendo actualmente la consolidación de la Guardia Nacional, una tarea conjunta de diversas dependencias de la administración pública federal, donde las decisiones de este Pleno solo han delimitado la manera en que pueden organizarse, sin que esto modifique las condiciones de los integrantes de las fuerzas militares”.

Por su parte, el ministro Luis María Aguilar Morales, quien votó en contra del acuerdo presidencial, afirmó que el acuerdo “no cumple con los requisitos de debida fundamentación para justificar lo extraordinario de la medida y que no se señalan las circunstancias que permitan colegir que procedía crear y aplicar el artículo transitorio constitucional”.

Cabe recordar que en noviembre del año pasado, la SCJN resolvió otra impugnación al mismo acuerdo, que también fue desechada debido a que no se comprobó que el Ejecutivo federal haya invadido las facultades del Poder Legislativo.

Con información de Expansión Política y La Razón

MSA