SCJN ordenó aplazar amparos contra reforma a la Ley de la Industria Eléctrica

La SCJN ordenó aplazar los amparos contra la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, que se encuentra suspendida de manera indefinida

SCJN ordena aplazar amparos contra reforma a la Ley de la Industria Eléctrica
Foto: Latinus

Este martes, se dio a conocer que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó aplazar los amparos contra la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), algo que no le cayó nada mal a la 4T.

En ese sentido, la SCJN ordenó a los tribunales colegiados aplazar desde este 23 de febrero las sentencias de los juicios donde se impugna la LIE, hasta que no se decida sobre la constitucionalidad del tema en el Pleno del máximo tribunal de nuestro país.

Con base en el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), este aplazamiento se dará hasta que se resuelvan las controversias constitucionales 44/2021 y 45/2021, así como la acción de inconstitucionalidad 64/2021, promovidas, respectivamente, por la Comisión Federal de Competencia Económica, por el Poder Ejecutivo del Estado de Colima, y por diversos integrantes de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.

“Se deberá continuar el trámite hasta el estado de resolución y aplazar el dictado de ésta; sin menoscabo de que en términos de lo previsto en el Punto Cuarto, fracción I, inciso A), del Acuerdo General Plenario 5/2013, se resuelvan aquéllos en los que no resulte necesario abordar el referido problema de constitucionalidad”, reza el documento.

La Corte también explicó que tiene en cuenta que actualmente se encuentran radicados, por una parte, en el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, los amparos en revisión 459/2021, 462/2021, 496/2021, 434/2021, 482/2021, 497/2021, 522/2021, 452/2021, 457/2021, 437/2021, 495/2021, 519/2021, 496/2021 y 521/2021, todos de su índice.

El acuerdo también reveló que tiene conocimiento de los amparos en revisión 292/2021, 22/2022 y 32/2022, que se encuentran en el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República.

“Con el fin de preservar el derecho a la seguridad jurídica de los gobernados reconocido en los artículos 14 y 16 constitucionales, considerando además que la institución del aplazamiento o suspensión del dictado de la resolución está prevista en el artículo 366 antes invocado, por aplicación supletoria de éste, se estima conveniente acordar el aplazamiento en el dictado de la resolución de los amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito Primero y Segundo en Materia Administrativa, Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones”, agrega.

Cabe recordar que el 9 de marzo de 2021, la Ley de la Industria Eléctrica se publicó en el DOF, pero tras varias medidas cautelares ante los recursos presentados por empresas perjudicadas un juez federal decidió suspender dicha norma de manera indefinida.

Para fortuna de la 4T, la SCJN ordenó aplazar los amparos contra la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, que se encuentra suspendida de manera indefinida.

Con información de La Razón

JZ