SAT podrá retener dinero de clientes de BBVA, Banamex y otros bancos

SAT podrá retener dinero de clientes de BBVA, Banamex y otros bancos
Foto: elcontribuyente.mx

Si eres cliente de los bancos BBVA, Citibanamex u otros de los que tienen operaciones en el territorio nacional mexicano, te interesará saber que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá retenerte dinero.

Todos sabemos que una vez que empiezas a laborar en tu primer empleo, de manera inmediata te vuelves un contribuyente, dado que debes cumplir con las obligaciones que todos tenemos.

Ser contribuyente no es solo formar parte de las filas del SAT, es declarar los ingresos en tus cuentas bancarias y cooperar con el gasto público, como te lo mencionamos con anterioridad.

Ahora bien, también tienes otras obligaciones que cumplir, así como conocer las reglas que maneja este órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para evitar ser investigado y sancionado; de lo contrario, las multas que el SAT impone son bastante altas, tanto como para desestabilizar tu economía por un buen rato.

En este sentido, debido a que los bancos se encuentran siendo vigilados por las autoridades mexicanas a fin de evitar la comisión de delitos, en caso de que un cuentahabiente reciba una cantidad grande de dinero en su cuenta, la entidad financiera deberá informarlo al SAT.

Es de este modo que, una vez se da aviso al SAT, se puede proceder con el congelamiento de la cuenta del cliente del banco, ello debido a que el SAT llevará a cabo labores de investigación para descartar que el dinero que recibió sea de procedencia ilícita.

Cabe mencionar, en este punto, que acciones como el congelamiento de cuentas bancarias al detectar depósitos irregulares y otras operaciones anómalas en los servicios bancarios, se endurecieron con la implementación de la normativa conocida como la Ley Antilavado (Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita).

Ley Antilavado

Esta ley entró en vigor a partir del año 2013, para regular los actos u operaciones económicas considerados propensos a la captación de recursos de procedencia ilícita, para financiar el crimen organizado, así como al terrorismo.

Por lo anterior, a partir del 17 de julio del año antes mencionado, los sujetos que realicen actividades descritas en el artículo 17 de la LFPIORPI, las cuales son entre otras; los juegos, concursos y sorteos, la compra venta de inmuebles, vehículos (aéreos, marítimos y terrestres), joyas, obras de arte, tarjetas de prepago; así como ciertas operaciones realizadas por agentes intermediarios, deberán estar inscritos en el Padrón de Prevención de Lavado de Dinero.

Es así, que tanto las personas físicas y morales que lleven a cabo operaciones denominadas como actividades vulnerables, tienen las obligaciones descritas en el artículo 18 de la LFPIORPI, entre las cuales están:

1.- Identificar a los clientes y usuarios con quienes realicen las operaciones.

2.- Presentar los Avisos en la Secretaría en los tiempos y bajo la forma prevista en esta Ley.

3.- Proteger y resguardar la información y documentación que sirva de soporte a la Actividad Vulnerable.

4.- Brindar las facilidades necesarias para que se lleven a cabo las visitas de verificación.

5.- Solicitar al cliente o usuario, información acerca del dueño beneficiario, y de existir, mostrar documentación oficial de este.

Con información de Debate

MSA