Revocan candidaturas al PVEM y PT en Oaxaca; aspirantes no renunciaron a Morena

El TEEO ordenó a partidos que sustituyan las candidaturas revocadas

Revocan candidaturas al PVEM y PT en Oaxaca; aspirantes no renunciaron a Morena
Foto: pagina3.mx

Por unanimidad, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) revocó las candidaturas a las presidencias municipales de San Pedro Mixtepec y de Salina Cruz postuladas por el Partido del Trabajo (PT), y la de San Jacinto Amilpas postuladas por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

Dichas candidaturas inicialmente fueron postuladas por Morena y los aspirantes debían renunciar antes de la mitad de mandato a ese instituto político; sin embargo, no lo hicieron.

Además, todos los aspirantes, actualmente son presidentes municipales de los respectivos municipios en los que buscan la reelección, cargo al cual llegaron a través de Morena y ahora, son postulados por un partido político diferente.

Candidatos de partidos satélites de la 4T llegaron a presidencias municipales con Morena

En el caso de Javier Cruz Jiménez, presidente municipal de San Pedro Mixtepec; quien llegó al cargo por Morena y ahora pretende la reelección por el PT, el TEEO explicó que “contendió en el proceso electoral anterior inmediato, por el partido Morena, lo que a su decir, no colma con el requisito previsto en el artículo 29, de la Constitución Local y 21, de la LIPEEO, relativo a haber renunciado o perdido su militancia al partido MORENA, antes de la mitad de su mandato, para poder ser postulado en vía de reelección por el partido PT”.

También resolvió que el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), “fue omiso en verificar que efectivamente la persona postulada, colmara los requisitos especiales exigidos, tratándose de candidatos postulados mediante la figura de reelección”, o en su caso, que el candidato haya acreditado su renuncia a la militancia en Morena o que la haya perdido.

A esto se agrega, que antes de ser postulado ahora por el PT, el presidente municipal Javier Cruz también participó en el proceso interno de Morena para la selección de su candidato a la presidencia municipal de San Pedro Mixtepec en el proceso electoral 2023-2024.

El TEEO expresó los mismos argumentos en el caso de los candidatos de Daniel Méndez Sosa, presidente municipal de Salina Cruz por Morena y ahora, postulado por el PT; y de la candidata Adriana Díaz Pérez, presidenta de San Jacinto Amilpas por Morena, y ahora candidata a la relección por el PVEM.

 

Por estas razones revocaron candidaturas de morenistas

En los medios de control electoral, los partidos recurrentes argumentaron que las candidaturas incumplieron con el requisito de elegibilidad para participar en reelección o elección consecutiva.

Ello por no haber renunciado oportunamente a la militancia de Morena, el partido que les postuló en el proceso anterior.

Esa situación no fue debidamente considerada ni analizada por el IEEPCO, por ello el TEEO revocó los acuerdos por dos razones principales:

Primero, el IEEPCO no analizó de manera exhaustiva los documentos presentados por los partidos Verde Ecologista de México y del Trabajo al evaluar el registro de las candidaturas de la presidenta municipal de San Jacinto Amilpas y del Presidente Municipal de Salina Cruz.

No se percató que se trataba de personas que buscaban la reelección o elección consecutiva.

Y, por lo tanto, no verificó el cumplimiento del requisito de renunciar a la militancia antes de la mitad del mandato, como lo establece la Constitución General y la legislación secundaria.

En segundo lugar, Gabriela Adriana Díaz Pérez y Daniel Méndez Sosa, como terceros interesados ante el TEEO, no lograron demostrar que habían perdido o renunciado a su militancia a Morena antes de la mitad de su mandato.

Aunque presentaron documentos que mostraban su renuncia al partido, los partidos recurrentes presentaron pruebas que indican que estas candidaturas seguían participando en actividades partidistas en Morena, como fue su intervención en procesos internos de selección de candidatos del partido.

Por lo tanto, de acuerdo con el criterio establecido por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el acto de renuncia o pérdida de la militancia no puede tener efectos si las candidaturas cuestionadas continúan realizando actividades intrapartidistas que indican su voluntad de seguir formando parte del partido. En este sentido, la renuncia no surte efecto.

En consecuencia, el TEEO revocó los acuerdos y ordenó al Consejo General del Instituto Estatal Local, requiera a los partidos para que procedan a sustituir las candidaturas revocadas.

Con información de El Universal y pagina3.mx

MSA