¿Qué se necesita para sacar a Samuel García de Nuevo León? Así sería la revocación de mandato

Algunos se preguntan ¿qué se necesita para sacar a Samuel García de Nuevo León?, lo anterior, por medio de la revocación de mandato

¿Qué se necesita para sacar a Samuel García de Nuevo León? Así sería la revocación de mandato
Foto: Cuartoscuro

Ante sus pobres resultados, muchos se preguntarán ¿qué se necesita para sacar a Samuel García de Nuevo León?, lo anterior, por medio de la revocación de mandato.

Apenas el 28 de junio, el Congreso del Estado de Nuevo León aprobó una solicitud presentada por el PAN en la que se propone modificar la ley para que se aplique la consulta de revocación de mandato a Samuel García, actual gobernador de la entidad.

La iniciativas del PAN define la revocación de mandato como un instrumento de participación que tiene que ser solicitado por la ciudadanía para que se pronuncien mediante el sufragio libre, directo, secreto y universal para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo a partir de la pérdida de la confianza en el periodo que llevan electos.

Se debe convocar la revocación en NL

De acuerdo con el estatuto, será la Comisión Estatal Electoral quien emita la convocatoria, siempre y cuando se presente una iniciativa ciudadana con el equivalente al 10 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal.

Siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos a la mitad más uno de los municipios de la entidad.

Además, se deberá anexar una lista que contenga nombre, firma, domicilio que indique el Municipio, Distrito y Secciones electorales, así como el número de folio de Ia credencial de elector, en cualquier tipo de formato impreso y en electrónico en formato Excel.

¿Cuándo se celebraría la revocación?

Cabe señalar que la petición de revocación de mandato podrá ocuparse una sola vez por gobernador y se tendrá que hacer durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional, es decir, a la mitad de su mandato.

Los ciudadanos podrán recabar firmas solo durante el mes previo de la solicitud.

En el documento se establece que la fecha para verificar los resultados será al domingo siguiente al de la elección y que no se podrá someter a revocación de mandato a ningún gobernador al menos 90 días previos al inicio del periodo de elecciones locales o federales.

Los resultados y la impugnación

Por su parte, la Comisión Estatal Electoral deberá dar de forma directa y clara, la organización, desarrollo y cómputo de los resultados de la revocación y estos podrán ser impugnados por el Tribunal Electoral del Estado, con fundamento en el artículo 44 de la Constitución Estatal.

Y serán validadas sólo si el 40 por ciento de las personas inscritas a la lista nominal de electores de Nuevo León deciden revocarle el mandato.

Si se procede a favor de la revocación quien deberá asumir de manera provisional la titularidad del Poder Ejecutivo estatal será quien ocupe la presidencia del Congreso; dentro de los treinta días siguientes.

Al concluir este periodo, el Congreso nombrará a quien concluirá el periodo constitucional.

Pese a que todavía no cumple un año en el cargo, algunos se preguntan ¿qué se necesita para sacar a Samuel García de Nuevo León?, lo anterior, por medio de la revocación de mandato.

Con información de Nación 123

JZ