¿Qué aprobó la SCJN respecto al derecho de la objeción de conciencia?

En una votación polémica, ocho de los ministros de la SCJN avalaron el derecho a la objeción de conciencia para el personal de salud

SCJN y la objeción de conciencia
Foto: Uniradio Noticias

Este lunes, los ministros de la SCJN avalaron el derecho de la objeción de conciencia y declararon que no es una restricción al derecho a la salud.

Dicha figura establece que el personal de salud puede negarse a practicar procedimientos, entre ellos la interrupción legal del embarazo, excepto cuando se trate de urgencias médicas o esté en riesgo la vida de la persona.

En ese sentido, durante la sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el ministro Luis María Aguilar Morales señaló que esa figura es una cuestión individual que los médicos ejercen con base en su libertad religiosa e ideológica.

Sin embargo, sobre este último punto, el ministro presidente la SCJN Arturo Zaldívar reprochó que se establezca la libertad religiosa como elemento del derecho a la objeción de conciencia.

No obstante, la postura del ministro Aguilar Morales de avalar tal derecho fue acompañada por siete integrantes más del Pleno, lo que al final resultó en ocho votos favorables.

Además, por unanimidad, el Pleno reconoció que esa figura no restringe el derecho a la salud, pues existen limitantes a ejercer este derecho como el de peligro a la vida y la urgencia médica.

Cabe señalar que el ministro Zaldívar levantó la sesión, pero sin concluir el análisis.

Luz y sombra en la SCJN, pues por un lado despenalizan el aborto en el país y por el otro avalan al derecho a la objeción de conciencia con base en creencias religiosas.

Con información de El Universal

JZ