Otro revés para Andrés Manuel: Dictan suspensión de obras del Tramo 5 del Tren Maya

Un juzgador advirtió que de mantener los trabajos de construcción “se causarían daños de difícil reparación que podrían ser irreparables”

Otro revés para Andrés Manuel: Dictan suspensión de obras del Tramo 5 del Tren Maya
Foto: Animal Político

El Juzgado Primero de Distrito, con sede en Mérida, Yucatán dictó una nueva suspensión definitiva con la cua se ordena frenar las obras obras de construcción del Tramo 5 Sur del Tren Maya.

El juzgador Adrián Fernando Novelo explicó que el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) y las empresas que se encargan de la realización de las obras, no han respetado la autorización de impacto ambiental que la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) emitió en 2022.

Por ello, advirtió que de mantener los trabajos de construcción en ese tramo -que va de Playa del Carmen a Tulum- “se causarían daños de difícil reparación que podrían ser irreparables”.

Ante el riesgo de que, no solo se sigan cometiendo las acciones prohibidas en el permiso ambiental, sino que tampoco se puedan reparar los daños ecológicos causados, en esta etapa procesal (suspensión de los actos reclamados) tenga que tomar la decisión de conceder la medida precautoria que se solicita, en aras de salvaguardar el medio ambiente de la zona afectada”, se lee en el incidente de suspensión del pasado jueves 13 de junio.

Profepa documentó daños ecológico ocasionados por megaobra de AMLO

La resolución del impartidor de justicia se basó en el informe con número PFPA/ 4.1/ 8C. 17.3/ 0146/ 2024, que le fue remitido por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), acerca del incumplimiento con la condicionante 26 del resolutivo de impacto ambiental.

Para ello, dicha dependencia realizó un recorrido de inspección del 19 de febrero al 5 de marzo de este año por el derrame de cemento en diversas cavernas que se encuentran debaje de esta megaobra.

Tras ello, la Profepa detectó:

1.- Camiones revolvedores realizando el lavado de la olla revolvedora en sitios “no autorizados”.

2.- Derrame de cemento en cavernas Garra de Jaguar, X’tun, Manitas “o Oppenhimen (sic) y Ocho Balas (o dos balas)”, con motivo de la construcción de pilotes que soportarán el viaducto elevado donde correrá el tren en el Tramo 5 Sur, “cemento que se solidificó en las áreas secas y cayó en el cuerpo de agua presente en las cavernas afectadas”.

3.- También se mencionan ademes (cubiertas o ‘camisas de protección’) “en proceso de oxidación en un tiro vertical sin nombre”.

4.- El colapso de techo o bóveda de un cenote sin nombre.

5.- La modificación de topoforma de las cavernas por las perforaciones del material pétreo para la construcción de pilotes.

6.- La extracción de agua sin contar con autorización de la autoridad competente.

7.- Además, “el relleno y sepultamiento con material pétreo de cavernas sin nombre, ubicada a la altura del cenote Manitas; y restos de material pétreo derivados de perforación dispuestos en el manto acuífero de una caverna”.

Colapsan estructuras del Tren Maya en el tramo 7

Es decir, dicho informe confirmó todos los daños ecológicos que han documentado  científicos, ambientalistas, académicos y organizaciones sobre las violaciones cometidas para el desarrollo del Tramo 5 Sur; lo su cuales han sido negados por el mandatario tabasqueño, y funcionarios federales como la secretaria de Semarnat, Luisa Albores, la Sedena y el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), entre otros.

Debido a ello juzgador, con base en lo confirmado por la Profepa fundamentó su decisión para dictar la suspensión definitiva de las obras.

La propia Profepa ha informado de los daños ambientales que se han cometido en la ejecución de la obra, sin cumplirse lo establecido en la condicionante 26 de AIA (la autorización de impacto ambiental)”, estableció

Y agregó: “Lo procedente, en atención a los principios de prevención e in dubio pro natura, es conceder la suspensión definitiva de los actos reclamados para el efecto de que no continúen los trabajos de construcción de la indicada vía férrea, en el Tramo 5 Sur, hasta en tanto se dicte sentencia ejecutoriada en el juicio de amparo del que deriva este incidente de suspensión”.

4T desairó prohibición de Semarnat de tapar cavernas

En junio del 2022, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) prohibió en su autorización de impacto ambiental el vertimento de material producto de cortes y excavaciones de las obras o actividades en zonas de escorrentías superficiales o sitios que sustenten vegetación forestal, así como verter o descargar cualquier tipo de materiales, sustancias o residuos contaminantes o tóxicos que puedan alterar las condiciones de escorrentías.

Prohibió también “tapar, rellenar, obstruir: cenotes, cavernas, dolinas, poljes, arroyos, ríos” dentro del Sistema Ambiental Regional (SAR) y sitio del proyecto, con cualquier material o residuo producto de la construcción del mismo.

Sin embargo, desde el año pasado se ha documentado cómo el Gobierno Federal y sus empresas subcontratadas han tapado cavernas, cenotes, dolinas, total o parcialmente, pese a tenerlo prohibido por la Semarnat.

En lo que va del 2024, estas actividades continúan y han ido más allá, con el vertido de cemento durante los rellenos para la perforación e hincado de pilotes que cruzan los techos de las cavernas, a través de obras que se siguen desarrollando en franco desacato a la orden del mismo juez Primero de Distrito, pese a los dos incidentes de suspensión definitiva, previas a esta nueva, que no se han respetado.

Lo más reciente, fueron las denuncias hechas por espeleobuzos del movimiento ciudadano Sélvame del Tren, que mostraron cómo se están rellenando con piedras las perforaciones hechas para hincar los pilotes que, además, se están oxidando y las camisas protectoras que les recubren, se han ido deteriorando velozmente.

Se advierte que la ejecutante de la obra pública ha cometido acciones que se le prohibieron realizar en la AIA (autorización de impacto ambiental), las cuales de suyo se traducen en daños al medio ambiente, si se tiene en consideración que descargar residuos materiales y de construcción en los mantos acuíferos, tapar, rellenar y obstruir cenotes con material de construcción y extraer agua de pozos o de los propios cenotes, implica necesariamente causar daños que pueden ser irreversibles”, indicó el juez.

Y añadió: “Habida cuenta que no se necesitan tener conocimientos técnicos profesionales para concluir que la destrucción de un cenote o de una cueva natural, formados por la propia naturaleza con el paso de los años, no puede regresarse al estado que tenía previamente”.

Con información de Infobae y El Universal

MSA