Ministro de la SCJN propone negar amparo y protección a Banco Azteca

Jorge Rebolledo propondrá negar el amparo a Banco Azteca para regular el sistema de pagos interbancarios.

Ministro de la SCJN propone negar amparo y protección a Banco Azteca
Foto tomada de X/@TVTenlinea

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Jorge Mario Pardo Rebolledo, propondrá a la Primera Sala negar el amparo y protección de la justicia a Banco Azteca contra diferentes disposiciones emitidas por el Banco de México (Banxico) para regular el sistema de pagos interbancarios.

Ministro propone negar amparo a Banco Azteca

Luego de estimar que Banxico se extralimitó en sus funciones y por lo que se vulnera el artículo 28 constitucional, la institución bancaria, propiedad del empresario Ricardo Salinas Pliego, se amparó ante el Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México contra los artículos 17 Bis, Primero y Tercero Transitorios, y el nexo 28 de la Circular 12/2019 dirigida a instituciones de crédito, además, a las sociedades financieras de objeto múltiple, relativa a las modificaciones a la Circular 3/2012, en las que señala las transferencias electrónicas por cobro digital (CoDi).

Cabe señalar que, dicho juzgado sobreseyó en el juicio y negó el amparo a Banco Azteca, que ante el fallo interpuso un recurso de revisión, el cual fue remitido a la Suprema Corte por el Tribunal Colegiado del conocimiento, ante la existencia de un tema en el sentido de constitucionalidad.

En su propuesta, Pardo Rebolledo declara infundados los argumentos de Banco Azteca y determina que el Banco de México, al tratarse de un órgano autónomo, cuenta con la facultad constitucional de emitir disposiciones administrativas de carácter general exclusivamente para el cumplimiento de su función regulatoria en el sector de su competencia, es decir, los cambios, intermediación y servicios financieros.

  • “Asimismo, cuenta con facultades para expedir disposiciones que tengan por propósito el buen funcionamiento del sistema de pagos, o bien, la protección de los intereses del público”, apunta Jorge Rebolledo en su propuesta.

Además, apunta que, para promover sus objetivos, Banxico consideró pertinente, mediante dicha normativa, realizar modificaciones a la Circular 3/2012 con el propósito de propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos, de igual forma, promover el sano desarrollo del sistema financiero y proteger los intereses de la sociedad.

Asimismo, el ministro de la SCJN indica que la plataforma CoDi, conforme lo establecido por Banxico, permite a los clientes de los bancos y comercios participantes en dicho sistema realizar pagos electrónicos a través de un método en el que el pago es solicitado por quien sería el receptor de los fondos, desde un dispositivo móvil o internet, posteriormente, el emisor del pago lo autoriza desde su dispositivo.

  • “Lo que busca es que la plataforma CoDi proporcione un medio de pago seguro y eficiente a los pequeños comercios, a los comercios electrónicos, a los proveedores de servicios y al público en general para realizar cobros con las ventajas de seguridad y eficiencia de las transferencias electrónicas. De ahí que las modificaciones realizadas persiguen el fin de que las instituciones de crédito puedan llevar a cabo las operaciones”, agrega. 

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