Ley de Extinción de Dominio, qué puntos debes conocer

El 25 de julio pasado el Congreso de la Unión aprobó el dictamen de la Ley Nacional de Extinción de Dominio

Desde el año 2008 se instauró en la Constitución un mecanismo para quitarle al crimen organizado los recursos que adquirieron de manera ilícita, pero no resultó ser el método más eficiente. 

En consecuencia, el 14 de marzo de este 2019, se reformaron los artículos 22 y 73 de la Carta Magna en manera de extinción de dominio, con la finalidad de mejorar dicha figura jurídica y con ello mermar las capacidades económicas de la delincuencia organizada.

Como resultado de lo anterior, el 25 de julio pasado, el Congreso de la Unión aprobó el dictamen de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, y con esto reformó diversos ordenamientos; donde se desataca que la aplicación de esta nueva norma se puede hacer a nivel federal y local. 

“Más allá de la preocupación de que este instrumento puede ser utilizado para abusar del poder, al poner en riesgo la seguridad jurídica, presunción de inocencia y el derecho a la propiedad, se advierten algunos otros puntos importantes que de no atenderse podrían impedir que la figura se aplique de forma efectiva y de nueva cuenta la ley quedé como otro intento de buena voluntad”, explica el texto “La reforma a la extinción de dominio: seis puntos preocupantes” (31/07/19), publicado en el portal web Nexos.

Por ello a continuación les compartimos el texto íntegro, para que analice los puntos más importantes que trae consigo esta nueva legislación impulsada por el gobierno morenista: