La CorteIDH ordenó a México modificar su Constitución para regular la prisión preventiva

Fallo histórico. Por primera vez, la CorteIDH ordena al Estado mexicano una reforma constitucional: deberá adecuar art 19 para eliminar la prisión preventiva oficiosa.

CorteIDH prisión preventiva
Foto: Uno TV

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) ordenó a México modificar su Constitución para regular la prisión preventiva.

Y es que encontró al Estado mexicano responsable por la violación de diversos derechos de dos hombres a quienes las autoridades judiciales enviaron a prisión preventiva oficiosa durante 17 años y que además sufrieron torturas en el periodo que permanecieron detenidos.

El presidente de la CorteIDH, Ricardo Pérez, notificó este miércoles 12 de abril la sentencia en un acto donde estuvieron presentes los representantes de las víctimas y funcionarios del Estado.

Además, la resolución indica que México deberá adecuar a estándares internacionales su ordenamiento jurídico interno sobre la prisión preventiva oficiosa y el arraigo, es decir, deberá promover una adecuación al artículo 19 de la Constitución para eliminar esa figura.

“Esta Corte ordena al Estado, como lo ha hecho en otros casos, adecuar su ordenamiento jurídico, incluyendo sus disposiciones constitucionales, para que sea compatible con la Convención Americana, señaló la CorteIDH.

La CorteIDH ordenó a México modificar su Constitución para regular la prisión preventiva

Por primera vez, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordena al Estado mexicano una reforma constitucional.

La CorteIDH, con sede en Costa Rica, encontró a México responsable por violaciones a los derechos a la integridad personal, la libertad personal, las garantías judiciales, la igualdad ante la ley, la protección judicial, a ser oído, a la presunción de inocencia y al principio de plazo razonable.

El caso se refiere a las violaciones al debido proceso y a la libertad personal en contra de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortíz, quienes fueron acusados de haber asesinado en 2001 a la regidora de Atizapán, María de los Ángeles Tamés.

La CorteIDH también ordenó al Estado pagar indemnizaciones a ambas víctimas por concepto de daños materiales e inmateriales.