Juez desecha demanda colectiva de indemnización a víctimas de L12

El juez Zurita consideró que el litigio resulta improcedente pues fue tramitado por la vía jurídica incorrecta

Juez desecha demanda colectiva de indemnización a víctimas de L12
Foto: Excélsior

Un juez federal desechó este viernes una demanda colectiva con la que se buscaba conseguir la reparación del daño y una indemnización por más de seis millones de pesos para las familias de las 26 víctimas del colapso de la Línea 12 del Metro.

Benito Zurita, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil de la Ciudad de México, consideró que el litigio promovido por la asociación civil Organización Nacional de Responsabilidad del Estado resulta improcedente pues fue tramitado por la vía jurídica incorrecta.

Para ello, explicó que el órgano demandado es el Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro, y por tanto se trata de un caso de responsabilidad patrimonial del Estado.

En ese sentido, expuso que, al derivar la acción colectiva de dicha organización en una probable actividad administrativa irregular del Estado por la prestación de un servicio público deficiente, resulta aplicable la legislación local y no la federal.

Te puede interesar | 4T depende de Vitol, multinacional de gas LP corrupta

Al derivar la presente controversia en una probable actividad administrativa irregular del Estado por la prestación de un servicio público deficiente, resulta aplicable la Ley Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal, sin que sea procedente estudiar la presente controversia al tenor de las disposiciones civiles generales”, informó.

De acuerdo con el juzgador, la responsabilidad patrimonial se tiene que reclamar inicialmente ante el propio STC o ante la Contraloría General de la Ciudad de México, y de ser negativa la respuesta, llevarse a juicio ante el Tribunal de Justicia Administrativa de la capital.

La reparación del daño a las víctimas del siniestro suscitado en sus instalaciones el pasado tres de mayo de este año, deberá ser analizado al tenor de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal, pues probablemente dicho suceso desafortunado se produjo por la actividad irregular de dicho ente público”, se lee en la resolución. 

Con información de Reporte Índigo y Luces del Siglo

MSA