Este miércoles, la Secretaría de Salud (SSa) dio a conocer la nueva serie de leyendas, imágenes, pictogramas y mensajes sanitarios de emergencia que tendrán todos los paquetes, empaques y etiquetas de productos de tabaco a partir del 1 de junio de este año.
Cabe señalar que la nueva serie incluye la leyenda “Fumar puede agravar el daño por COVID-19”, y se aplicará de forma escalonada para todas las marcas de productos que se fabriquen, produzcan o importen y que se distribuyan dentro del territorio nacional.
Después de la entrada en vigor de la nueva serie, algunas marcas imprimirán el texto hasta el 30 de noviembre de 2020 y otras el 1 de diciembre de 2020; mientras que algunas lo llevarán a cabo hasta el 30 de noviembre de 2021; conforme a lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La nueva serie, que renueva a la de 2017, también incluirá advertencias como “Este producto mata” y mensajes centrales como “El consumo del tabaco dificulta el riego sanguíneo del pene, lo que puede provocar disfunción eréctil”.
Otros textos con los que se dispone son: “Contiene cianuro, químico tóxico y mortal que impide el adecuado uso del oxígeno en el cuerpo”, al igual que recuadros que adviertan el contenido de químicos como tolueno, benzopireno, cromo, nicotina, carbono y alquitrán.
“Las empresas productoras de productos de tabaco son las únicas responsables de la utilización y aplicación de las leyendas, imágenes, pictogramas y mensajes sanitarios, por lo que deberán planificar su programa de impresión de conformidad con su producción.
“Tratándose de importación de productos de tabaco, las empresas que realicen dicha actividad serán las únicas responsables de la planificación del programa de impresión necesario para el acondicionamiento de los paquetes, empaquetado y etiquetado externo, con la finalidad de que los productos del tabaco cumplan con las disposiciones vigentes al momento de solicitar el permiso de importación a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios”, informó la SSa en un comunicado.
Además, “los productos de tabaco que al usarse o consumirse no generen humo deberán incluir en el 100 por ciento de la superficie de una de las caras laterales las leyendas previstas en todos los paquetes que se hayan producido, fabricado o importado y que sean distribuidos dentro del territorio nacional”, agregó la dependencia.
Con información de Reforma