Expresidente del TEPJF critica “dedazos” que se le autorizaron a presidenta del INE

Reyes Rodríguez defendió que el INE cuente con un mecanismo extraordinario para las designaciones de sus altos funcionarios

Expresidente del TEPJF critica “dedazos” que se le autorizó a presidenta del INE
Foto: El Sol de México / Roberto Hernández

El magistrado Reyes Rodríguez, expresidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), cuestionó el acuerdo con el cual se autoriza a Guadalupe Taddei, consejera presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE), puede imponer nombramientos sin plazos establecidos, ni otros requisitos y sin el aval del Consejo General del órgano electoral.

Cabe recordar que ayer, la Sala Superior del Tribunal, en una votación dividida, aprobó un proyecto de la magistrada Mónica Soto, presidenta del TEPJF, el cual propone ampliar las facultades que tiene Taddei Zavala para que pueda nombrar a los encargados de puestos claves del INE – como la Secretaría Ejecutiva, direcciones ejecutivas y unidades técnicas- sin tener el respaldo del Consejo General.

Ante ello, Rodríguez Mondragón defendió que el INE cuente con un mecanismo extraordinario para las designaciones de sus altos funcionarios.

Ejerce (el INE) su facultad reglamentaria para garantizar la debida integración de sus órganos en pleno uso de sus atribuciones, particularmente la de la Junta General Ejecutiva y de la Secretaría Ejecutiva”, sostuvo.

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En ese sentido, indicó que si es el Consejo General del INE el que tiene esa facultad, “¿Cómo puede ser posible que se valide que de manera unilateral, la presidencia de este órgano designe en el encargo a personas que no obtuvieron una aprobación para ejercer el cargo por parte del Consejo General?

Añadió que si a una persona no se le aprobó para el cargo “en un ejercicio de deliberación, de análisis y de valoración colegiada ¿Cómo es posible que sí se justifique la facultad unilateral para designar en el encargo a esa misma persona? ¿Es un ejercicio que excede la discrecionalidad o es una forma de fraude colegiado?”.

Por otro lado, destacó también que las atribuciones administrativas y funciones son conferidas por ley al órgano, sea una dirección ejecutiva o unidad técnica, no a la persona encargada de su despacho, “por tanto es de elemental lógica burocrática que los encargos se den a quienes tienen una posición en la unidad administrativa respectiva”.

Con información La Jornada y La Crónica

MSA